24 DE AGOSTO DE 1964 .- Reconoce con carácter nacional la insignia única del turismo
DECRETO SUPREMO Nº 06868
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario distinguir con una insignia a los miembros del Consejo Nacional de Turismo, funcionarios de la Dirección Nacional de Turismo, guías egresados de la Escuela de Guías y Cicerones de Turismo y a otras personas vinculadas a la industria turística del país que contribuyen a su fomento y desarrollo, así como también a distinguidas personalidades relacionadas con el turismo nacional e internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reconócese, con carácter nacional, la insignia única del turismo, creada y diseñada por la Dirección Nacional de Turismo.
ARTÍCULO 2.- La insignia de turismo será otorgada a los miembros del Consejo Nacional de Turismo, a los funcionarios de la Dirección Nacional de Turismo, a los egresados de la Escuela de Guías y Cicerones, y, con una distinción especial, a aquellas personas que, a juicio de la Dirección Nacional de Turismo, cooperen eficientemente al fomento, desarrollo y promoción del turismo nacional.
ARTÍCULO 3.- La mencionada insignia y el respectivo carnet, son suficientes credenciales, y todas las autoridades, instituciones públicas y particulares deberán prestar al portador de la insignia de Turismo la colaboración que requiera para el mejor cometido de su misión.
El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jaime Otero Calderón, René Zabaleta M., F. Iturralde Chinel, R. Jordán Pando, A. Aguilar P., Gral. R. Leytón M., C. Humboldt B., C. Serrate Reich, Julio Manuel Aramayo.