02 DE SEPTIEMBRE DE 1964 .- Dispone moratoria de tres años para todas las obligaciones de la Fábrica Nacional de Calzados y Curtiembre Zamora S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 06882
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que con los planes de desarrollo económico y social ejecutados por el Supremo Gobierno, se ha iniciado la rehabilitación de las industrias del país, entre las cuales ha sido incluída la Fábrica Nacional de Calzado y Curtiduría Zamora S.A. de Oruro, que fue beneficiada con créditos exclusivamente destinados a rehabilitación.
Que los créditos otorgados no pueden beneficiar a otras entidades o personas y ser destinados a pagos de deudas pendientes, que solo pueden ser cancelados cuando las industrias han ingresado en un pleno período de desarrollo, luego de solventar los créditos del Estado y los derechos sociales de los trabajadores.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Dispónese una moratoria de tres años para todas las obligaciones de la Fábrica Nacional de Calzado y Curtiduría Zamora S.A., que se encuentren pendientes a la fecha, como medida precautoria de la correcta utilización de los fondos de rehabilitación y de la efectiva recuperación económica de dicha industria, y sólo de las obligaciones contraídas hasta el presente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, F. Iturralde Chinel, A. Aguilar Peñarrieta, C. Humboldt B., Carlos Serrate Reich, E. Arauco Paz, Gral. L. Rodríguez B., Tcnl. León Kolle C., R. Jordán Pando, J. Otero Calderón, R. Zabaleta M., José Rojas G.