01 DE FEBRERO DE 1967 .- Autopriza al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, proseguir trabajos de pavimentación de la indicada ciudad en su primera fase.
DECRETO SUPREMO Nº 07910
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno preocupado en atender las aspiraciones del pueblo de Santa Cruz, mediante Resolución Suprema N° 133453 de 4 de mayo de 1966, autorizó al Departamento Monetario del Banco Central de Bolivia conceder al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, un préstamo supervisado en forma de avance en cuenta corriente hasta la suma de $us. 870.000.-, con destino exclusivo a la pavimentación de las principales calles de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra;
Que, con cargo a estos recursos, mediante Resolución Suprema No. 134146 de 16 de junio de 1966, se autorizó al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, adquirir de la firma “Blokret” Pavimentacoes Articuladas S.A., la patente y el equipo de maquinarias para la fabricación de losetas de concreto vibrado a emplearse como tipo de pavimento adecuado; fábrica montada y en actual producción de losetas bajo la dirección del Departamento técnico del citado Comité;
Que simultáneamente con el llamamiento a propuestas para la realización de la primera fase de pavimentación de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, encomendó a su Departamento Técnico la iniciación de los trabajos con sujeción al proyecto de Pavimentación preparado por el mismo Departamento, con los resultados de eficiencia en opinión de organismo entendidos en la materia;
Que el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, después de la cuarta convocatoria a propuestas, ha declarado desierta la invitación pública, en atención a las elevadas ofertas de los proponentes y de la falta de solvencia financiera, experiencia en los trabajos similares y posesión de equipos adecuados, de los otros dos proponentes; determinación que corresponde aprobarla y al mismo tiempo autorizar al citado Comité para que realice los trabajos por administración directa, a base de la experiencia obtenida al iniciar los trabajos que deberá proseguir bajo su dirección y responsabilidad.
CON DICTAMEN AFIRMATIVO DEL CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz a proseguir por administración directa los trabajos de pavimentación de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra en su primera fase, incluyendo los que corresponden a la subrasante y a la capa base, pudiendo el Comité acordar con otras entidades públicas o privadas la provisión de materiales, alquiler de equipos y maquinarias y encomendarles total o parcialmente la realización de los trabajos de referencia.
ARTÍCULO 2.- Autorízase, asimismo, al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz continuar con la administración de la fábrica de Losetas “Blokret” hasta producir la cantidad necesaria a utilizarse en la pavimentación de las calles de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, primera fase.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo G., Antonio Arguedas, José Romero L., Rolando Pardo, Gral. Hugo Suárez G., Cnl. César Loma N., Hugo Bozo Alcócer, Fadrique Muñoz, Florencio Alvarado, Edgar Ortiz L., Miguel Bonifaz, Marcelo Galindo de U, Fernando Diez de Medina.