05 DE JULIO DE 1967 .- Crea una ayuda económica en favor de deudos de personas de las Fuerzas Armadas de la Nación, tanto militar como civil, así como de la Policía Boliviana.
DECRETO SUPREMO Nº 08036
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, los acontecimientos guerrilleros producidos en el país, han dado lugar a numerosas bajas en el personal de Jefes, Oficiales, clases y soldados que fueron destinados a prestar servicios en las zonas donde éstas operan.
Que, atendiendo a las circunstancias que han provocado estos hechos, es deber del Supremo Gobierno prestar una asistencia económica a los deudos de quienes dieron sus vidas en defensa y seguridad de la Patria así como del orden constituido.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase una ayuda económica especial en favor de los deudos del personal de las Fuerzas Armadas de la Nación, tanto militar como civil, así como el de la Policía Boliviana, que habiendo sido destinado a prestar servicios en las acciones antiguerrilleras han fallecido a consecuencia de éstas, debiendo cumplirse ésta ayuda en la siguiente escala:
$b | 30.000.- | para Jefes y Oficiales
---|---|---
” | 20.000.- | para Cadetes, Clases y Alumnos
” | 10.000.- | para soldados y civiles
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Defensa Nacional y el de Gobierno según el caso, organizará el trámite correspondiente y comunicará al Ministerio de Hacienda y Estadística para los efectos de pago.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de julio de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo, Antonio Arguedas, José Romero L., Gral. Hugo Suárez G., Edgar Ortiz L., Roque Aguilera V., Rolando Pardo R., Fadrique Muñoz Reyes, Cnl. César Loma N., Florencio Alvarado, Miguel Bonifaz, Marcelo Galindo de U., Fernando Diez de Medina.