12 DE JULIO DE 1967 .- Reconoce al Servicio de Emigración del Japón en Bolivia, como organismo oficial del Japón.
DECRETO SUPREMO Nº 08049
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
VISTOS:
La Nota Verbal GR III-38-67 remitida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, los informes de la Directora del Departamento Jurídico del citado Despacho y de los Ministerios de Hacienda y Agricultura, respectivamente.
CONSIDERANDO:
Que el Servicio de Emigración del Japón en Bolivia se encargará de prestar cooperación técnica y económica a los inmigrantes japoneses, asentados en la Colonia de San Juan;
Que el artículo XV del Convenio sobre Inmigración suscrito entre los Gobiernos del Japón y Bolivia, el 2 de agosto de 1956, establece que el Gobierno de Bolivia autoriza el establecimiento de sucursales y agencias o representaciones de entidad o entidades japonesas que tuvieran como objeto principal financiar fondos para el desenvolvimiento agrícola e industrial que promuevan los inmigrantes japoneses en el país;
Que Bolivia mediante Resolución Suprema No. 125171, de 21 de abril de 1964, autorizó el establecimiento y funcionamiento provisional del “Servicio de Inmigración del Japón”, con objeto de promover la cooperación técnica y económica de los inmigrantes japoneses asentados en la Colonia de San Juan;
Que es necesario conceder en forma definitiva la autorización, oficial para el funcionamiento de la Institución señalada, revocando la Resolución Suprema No. 125171, de 21 de abril de 1964;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reconocer al “SERVICIO DE EMIGRACION DEL JAPON EN BOLIVIA”, como organismo oficial del Japón, ejecutor del Convenio de 2 de agosto de 1956:
ARTÍCULO 2.- Derogar la Resolución Suprema No. 125171, de 21 de abril de 1964, en todas sus partes.
Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto, de Hacienda y Estadística y de Agricultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de julio de mil novecientos sesenta y siete años.
Regístrese, comuníquese y archívese:
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo G., José Romero Loza, Marcelo Galindo de U., Fernando Diez de Medina.