23 DE AGOSTO DE 1967 .- Aprueba Presupuesto Adicional de Recursos Propios del Ministerio Nacional, para su vigencia durante la gestión de 1967.
DECRETO SUPREMO Nº 08081
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
El Proyecto de Presupuesto Adicional presentado por el Ministerio de Economía Nacional, en observancia de las previsiones del D.S. No. 07923 de 14 de febrero de 1967, demandando su aprobación.
Que, por expresa determinación del artículo 3° del D.S. mencionado se prohice hacer uso de los recursos denominados propios de los Ministerios u otros organismos sin previa aprobación de los presupuestos correspondientes por el Ministerio de Hacienda.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de Recursos Propios del Ministerio de Economía Nacional, para el ejercicio financiero de 1967, por un total de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO 18/100 PESOS BOLIVIANOS (Bs. 4.230.184.18) en sus capítulos de ingresos y egresos, de acuerdo al siguiente detalle:
Sector 03: Industria y Comercio.
Organismo: Ministro de Economía Nacional.
Base Legal.- Este Ministerio ha sido creado en base a las disposiciones contenidas en la Ley de 8 de noviembre de 1940 y Decreto Supremo Reglamentario No. 10/40 de 12 de noviembre del mismo año, que fija las principales atribuciones de este organismo.
Funciones Principales.- Con el objeto de incrementar la producción industrial y, por ende, la comercialización de esta producción, el Ministerio de Economía Nacional dedicará el remanente de sus ingresos propios de la gestión 1966, en mejorar la infraestructura de las poblaciones menores del país, así como los recursos provenientes de la diferencia entre el costo y precio de venta de la harina importada y por importarse en el curso del presente año, bajo regulaciones de la Ley Pública 480 y Cartas Especiales de Crédito, en conformidad a Convenios de la Asistencia Económica suscritos con el Gobierno de los Estados Unidos de América, dedicando esta última parte de sus ingresos propios en un plan de proyectos y programas específicos.
Objetivos y/o Metas.- El Ministerio de Economía Nacional, se propone cumplir el siguiente plan adicional de trabajo:
1. Estudios de Factibilidad para la dotación de aguas potables y electrificación para los siguientes distritos: Cobija, Trinidad, Riberalta, Guayaramerín y Santa Ana.
2. Estudio de Factibilidad Minero-Metalúrgicos, para el aprovechamiento de colas de minerales no ferrosos, especialmente oro y establecimiento de fundiciones de metales no ferrosos como ser: plomo y estaño.
3. Estudios de factibilidad para el establecimiento de nuevas industrias, especialmente: textiles, tabacaleras y de cigarrillos.
4. Estudios de factibilidad del Sector Agropecuario, para el establecimiento del reglamento ganadero, industrias de aceites y grasas alimenticias (maní, girasol y grasa de cerdo); industrialización de lana de auquénidos.
5. Programas de exportaciones de los siguientes productos: castaña, almendra, manteca de cacao, café, azúcar, alcohol, maderas, quina, arroz, textiles, casimires, fideos, aceites de tártago, etc.
6. Proyectos Rurales específicos:
Reparación de Escuelas
Utiles Escolares
Ejecución de trabajos para riegos
Saneamiento Rural
Equipos de aperos de labranza para agricultores
Material Deportivo.
7. Programa de Asistencia Social:
Inauguración de obras sociales y de beneficencia colectiva.
Ayuda a Instituciones de Beneficencia.
8. Programa de Socorro y Emergencia:
Catástrofes, inundaciones, sequías, plagas y epidemias.
Alimentos, vestuario y transporte para combatir las guerrillas.
9. Fondos de concurso en Proyectos:
1. Preparación y ejecución de la Exportación de Proyectos de Desarrollo:
Aportes USAID/B | $us. | 25.000.-
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Aportes Mineconomía | “ | 25.000.-
Total $us. | 50.000.-
INGRESOS
Ingreso Corrientes | $b. | 4.230.184.18
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Saldos Gestiones anteriores | ” | 869.699.25
Recursos propios | ” | 3.360.484.93
Total Ingresos | $b. | 4.230.184.18
GASTOS DEL PRESUPUESTO SEGUN EL
OBJETO DEL GASTO
Código | PARTIDAS | Presupuesto 1967
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Servicios Personales | 276.341.87
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111-01-74 | Dietas ( Comisión Interministerial) | 20.000.-
111-01-52 | Contratos Especiales (Arthur Young y Co.) | 34.021.87
111-01-42 | Sueldos Fijos (según nómina) | 222.320.-
Servicios No Personales | 931.867.77
113-02- 02 | Servicios Públicos | 5.978.13
113-02- 03 | Servicios Publicitarios y/o de Imprenta | 31.889.64
113-02-06 | Servicios Sanitarios, Médicos y Sociales | 50.000.-
113-02-07 | Estudios, Investigaciones y Proyectos | 100.000.-
113-02-08 | Reparación maquinaria y equipo | 10.000.-
113-02-09 | Reparación de Obras | 100.000.-
113-02-10 | Mejoras y ampliaciones | 250.000.-
113-02-11 | Otros pagos por Servicios No Personales | 134.000.-
113-02-13 | Viáticos, Gastos de Viajes y Pasajes | 250.000.-
Materiales y Suministros | 1.898.000.-
113-03-01 | Alimentos y Productos Agropecuarios | 1.500.000.-
113-03-04 | Textiles y Vestuario | 300.000.-
113-03-09 | Artículos Auxiliares | 98.000.-
Maquinarias y Equipo | 91.929.91
211-1-05-03 | Equipo de Oficina | 11.929.91
211-1-05-10 | Equipos Varios | 80.000.-
Asignaciones Globales | 770.000.-
130-09-01 | Fondos para Operación | 700.000.-
130-09-03 | Otras Asignaciones Globales | 70.000.-
Deuda Pública | 262.044.63
213-1-10-10 | Créditos Reconocidos por Gastos de Operación | 262.044.63
(Reembolso a Min. Agricultura por gastos de la Misión Británica de Agricultura
$us. 22.066.84 al cambio de Bs. 11.875 por dólar)
Total presupuesto adicional: | 4.230.184.18
Presupuesto 1967
100.- | Gastos corrientes | 4.138.254.27
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110.- Gastos Corrientes de Bienes y Servicios | 3.876.209.64
111.- Renumeraciones a Empleados Civiles | 276.341.87
113.- Compra de Bienes y Servicios de uso corriente | 3.599.867.77
130.- Transferencias Corrientes | 262.044.63
131.- Gobierno Central | 262.044.63
200.- | Gastos de Capital
210.- Formación Bruta de Capital | 91.929.91
212.- Maquinaria y Equipo | 91.929.91
T O T A L: | 4.230.184.18
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Economía Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Walter Guevara A., José Romero L., Alberto Crespo G., Daniel Salamanca, Roberto Prudencio, Rolando Pardo R., Hugo Zárate B., Lucio Paz Rivero, Luis Zurita, Bruno Boehme, Ricardo Anaya, Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U., Fernando Diez de Medina.