15 DE DICIEMBRE DE 1967 .- Autoriza depositar la suma de $b. 3.000.000.- proveniente del aporte para edificaciones escolares, en la cuenta Dep. de Coordinación y Control de Proyectos - Ministerio de Economía. Cta. No. 1, en cumplimiento del Convenio de Presumo para Mejoramiento de Instalaciones Escolares.
DECRETO SUPREMO Nº 08099
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por el Convenio de Préstamo de A.I.D. No. 511-LCL-1012 de 19 de agosto de 1967, suscrito, entre la República de Bolivia (“Prestatario”), actuando por intermedio del Ministerio de Economía Nacional y mediante el Ministerio de Educación, y los Estados Unidos de América, actuando por intermedio de la Agencia para Desarrollo Internacional (A.I.D.”), se acuerda que A.I.D. prestará al “Prestatario” para Mejoramiento de Instalaciones Escolares, que comprenderá: 1) Adquisición o construcción e instalación de pizarars, pupitres y laboratorios de ciencia, 2) Reparación y renovación de los edificios de escuelas existentes y 3) Construcción de nuevos edificios para escuelas, una cantidad que no exceda de pesos bolivianos 15.000.000.-;
Que el Artículo IV Sección 4.02 inciso b) del citado Convenio establece que el “Prestatario” contribuirá para su utilización en el Proyecto con una cantidad no inferior a pesos bolivianos 3.000.000.- y que dichos fondos deberán depositarse y retenerse en una cuenta especial separada, para invertirlos en los gastos del Proyecto en proporción a los desembolsos del producto del Préstamo;
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- En cumplimiento del Convenio de Préstamo para Mejoramiento de Instalaciones Escolares, suscrito en 1° de agosto de 1967 entre los Minsiterios de Economía Nacional y Educación, actuando por la República de Bolivia y la Agencia para Desarrollo Internacional (“A.I.D.”), actuando por los Estados Unidos de América, autorízase depositar la suma de TRES MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.000.000.-) proveniente del aporte para edificaciones escolares creado por Decreto Supremo No. 07541 de 9 de marzo de 1966, en la Cuenta “Dep. de Coordinación y Control de Proyectos Ministerio de Economía. Cta. No. 1”.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía Nacional, Hacienda y Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo G., Roberto Prudencio, Hugo Zárate Barrau, Ricardo Anaya Arze, Mario Rolón Anaya, Bruno Boehme, Miguel Bonifaz, Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.