27 DE SEPTIEMBRE DE 1967 .- Aclara y complementa último párrafo del art. 1º del D.L. No. 07674 de 22-VI-66, referente a financiamientos externos.
DECRETO SUPREMO Nº 08112
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que para una mejor aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Ley No. 07674 de 22 de junio de 1966, referentes a la preparación y planificación de los programas de asistencia financiera externa y su tramitación, se impone la necesidad de aclarar y complementar su artículado;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aclara y complementa el último párrafo del artículo 1° del Decreto Ley No. 07674 de 22 de junio de 1966 en los siguientes términos: “Otorgados estos, el Ministerio de Economía Nacional, con la entidad centralizada o descentralizada, o el Ministerio al cual corresponde la realización de la obra, o beneficie el crédito obtenido, en forma conjunta asumirán la responsabilidad en la negociación y suscripción de los contratos de obra o servicios, y en la administración, ejecución y control de la respectiva obra y servicios; correspondiendo al Ministerio de Economía Nacional la supervisión, control y trámite económico y financiero de la respectiva inversión. La institución centralizada o descentralizada del Estado, o el Ministerio al que corresponda la obra o servicios contratados o beneficie el financiamiento obtenido, asumirá la dirección técnica de la misma, debiendo designar el personal técnico adecuado con amplias facultades para dirigir la ejecución de la obra y supervisar, bajo su responsabilidad, el cumplimiento del contrato respectivo”.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivas carteras quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y siete años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Antonio Arguedas, Alberto Crespo G., Daniel Salamanca, Roberto Prudencio, Rolando Pardo Rojas, Hugo Zárate B., Lucio Paz Rivero, Luis Zurita, Bruno Boehme, Ricardo Anaya, Juan Lechín S., Miguel Bonifaz P., Marcelo Galindo de Ugarte.