09 DE ABRIL DE 1968 .- Para su vigencia durante el año 1968, apruébase, sin modificaciones, la Ordenanza Municipal de Impuestos y Patentes de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, en sus 286 ítems, debiendo expedirse la correspondiente copia legalizada por el Ministerio de Hacienda y Estadística
DECRETO SUPREMO N° 08320
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por disposición del Decreto Supremo Nº 8005, de 19 de mayo de 1967, fueron aprobadas las Ordenanzas Municipales de Impuestos y Patentes sólo para su vigencia durante el año 1967;
Que, la Alcaldía Municipal de Cochabamba presentó al H. Senado Nacional el proyecto de Ordenanza de Impuestos y Patentes para 1968, en tiempo oportuno, a efecto de su consideración formal;
Que, debido a los trámites impresos al citado documento no se alcanzó a aprobarlo en la Cámara de Senadores cuyo receso impide regularizar la situación;
Que en el mencionado proyecto de Ordenanza Municipal de la ciudad de Cochabamba para el año 1968 se crea recursos para respaldar el financiamiento de un empréstito del BID, cuyo convenio ha sido ya suscrito, con destino a la ejecución del plan de Aguas Potables de la ciudad de Cochabamba;
Que, de no aprobarse el mencionado proyecto quedaría postergada la ejecución de las mencionadas obras, que son de vital necesidad para la población de dicha ciudad;
Que, es necesario respaldar legalmente la cobranza de los gravámenes de la H. Municipalidad de Cochabamba para el año de 1968, salvando el hecho emergente de una situación excepcional;
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO
DE APROBACIÓN DE LA H. CÁMARA DE SENADORES,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Parasu vigencia durante el año 1968, apruébase, sin modificaciones, la Ordenanza Municipal de Impuestos y Patentes de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, en sus 286 ítems, debiendo expedirse la correspondiente copia legalizada por el Ministerio de Hacienda y Estadística.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno, Justicia e Inmigración y de Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado e nel Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Hugo Carmona M., Mario Estenssoro V., Alberto Larrea H., Miguel Bonifaz P., Juan Asbún Z., Juan Lechín S., Jorge Solíz R., Rolando Pardo R., Marcelo Galindo de U.
tcb./