29 DE ABRIL DE 1968 .- Autorizase al Ministerio de Educación a invertir hasta el monto de $b.311.537,79.- en la adquisición de un inmueble situado entre las calles "Charcas", "Chiquitos", "Otuquis" y "Tumusla" de la ciudad de Santa Cruz
DECRETO SUPREMO Nº 08347
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la esplosión demográfica registrada en Santa Cruz, ha dado lugar a que se produzca una excedente de más de 800 alumnos inscritos en el ciclo secundario durante el presente año lectivo, habiendo obligado al Ministerio de Educación a crear un nuevo Colegio Secundario con seis cursos paralelos;
Que, la creación del nuevo plantel requiere de un nuevo edificio para su funcionamiento, porque los locales que existen a la fecha son insuficientes y están sobrecargados en sus tres turnos;
Que, Francisco La Fuente e hijos eran propietarios de un inmueble que cubre el total de la manzana N° 273 de la ciudad de Santa Cruz, el mismo que ha sido transferido al Banco Central de Bolivia por una deuda básica de $b. 200.000.- que a la fecha ha devengado la suma de $b. 164.976,84.- por concepto de intereses comisiones, costos y gastos judiciales, que podrían ser condenados en total o en parte por el Banco de acuerdo a sus atribuciones específicas;
Que, el informe técnico del Departamento de Arquitectura Escolar, establece que dicho inmueble reune todas las condiciones necesarias para la instalación de un Núcleo Escolar y ha sido justipreciado en la suma de $b. 324.154.80.- siendo conveniente su adquisición para salvar siquiera en parte la ayuda crisis de locales escolares que se confronta en la ciudad de Santa Cruz;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizase al Ministerio de Educación a invertir hasta el monto de $b.311.537,79.- en la adquisición de un inmueble situado entre las calles “Charcas”, “Chiquitos”, “Otuquis” y “Tumusla” de la ciudad de Santa Cruz de propiedad de Francisco La Fuente e hijos, debiendo el Banco Central de Bolivia extender las escrituras de transferencia con todas las formalidades de ley.
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia, debitará en la cuenta “Plan Nacional de Edificaciones Escolares” hasta la suma de $b.311.537,79.- con abono a la deuda de Francisco La Fuente e hijos, pudiendo condonar intereses y costas de acuerdo a sus atribuciones especificas por tratarse de una adquisición del Estado para un objetivo de alta función social.
ARTÍCULO 3.- Se destina dicho inmueble en su parte edificada y con carácter transitorio al funcionamiento de la Escuela Normal “Enrique Finot” y en la superficie de terreno restante a la construcción del edificio para el Colegio Secundario “GASTON GUILLAUX” conforme a las previsiones del Plan Nacional de Edificaciones Escolares.
ARTÍCULO 4.- La transferencia de este inmueble queda liberada de todos los Impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Estadística y Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Enrique Gallardo B., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Juan Lechín S., Rolando Pardo R., Marcelo Galindo de U.
meap./