28 DE AGOSTO DE 1968 .- Modifica el Art. 5º del D.S. Nº 08317 sobre contratación de empleados del Sector Público.
DECRETO SUPREMO Nº 08454
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Art.- 5° del Decreto Supremo N° 08317 de 9 de abril de 1968, dispone que para la nueva contratación de personal y la provisión de cargos vacantes en todos los organismos del Sector Público, en caso de excepción y tratándose de cargos indispensables, se requiere de Resolución Suprema, previo informe de la Dirección de Presupuestos.
Que tal medida debe ser modificada en atención a que en muchos casos existen cargos que deben ser llenados de inmediato por considerarse necesarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el Art. 5° del Decreto Supremo N° 08317 de 9 de abril de 1968 como sigue:
La provisión de cargos en todos los organismos del Sector Público, que se consideran indispensables, se hará mediante Resolución Ministerial, firmada por el titular del ramo y el Ministro de Hacienda previa justificación del Servicio respectivo e informe favorable de la Dirección General de Presupuestos.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Estadística, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Gral. Samuel Alcoreza M.; Cap. David Fernández V.; Gral. Enrique Gallardo B.; Cnl. Gustavo Méndez T.; Cnl. José Patiño A.; Col. Alberto Larrea N.; Cnl. Francisco Baldi S.; Gral. Efraín Guachalla I.; Cont-Alm. Alberto Albarracín; My. Jaime Galindo de U.; Cnl. Alberto Guzmán S.; Gral. Juan Lecheín S.; Marcelo Galindo de Ugarte.