13 DE SEPTIEMBRE DE 1968 .- Desígnase miembros del Consejo Supremo de Educación a los titulares de los Ministerios de Educación, Cultura y Asuntos Campesinos, ciudadanos;
DECRETO SUPREMO Nº 08480
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo N° 08471 se ha creado el Consejo Supremo de Educación como organismo permanente del servicio, con la misión inicial de practicar la restructuración total de la educación del país y proveer, bajo la orientación de los requerimientos, científicos modernos, una adecuación del sistema educativo a las necesidades del desarrollo económico y social del país, encarando, además, la formación profesional de los maestros, la revisión de los planes y programas de estudios, la modernización de los métodos de enseñanza, la administración, la supervisión, la evaluación y financiamiento del servicio y la dignificación profesional, moral y económica de quienes ejercen la enseñanza;
Que los principios y las aspiraciones históricas del Código de la Educación no han podido ponerse en práctica por la subsistencia de una estructura inadecuada cuya vetustez e ineficacia se agravó por la acción perturbadora de una constante intromisión política que impidió el desarrollo de regular de los periodos lectivos;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Desígnase miembros del Consejo Supremo de Educación a los titulares de los Ministerios de Educación, Cultura y Asuntos Campesinos, ciudadanos;
Contralmirante Alberto Albarracín Crespo
General Roberto Flores Becerra
Coronel Alberto Guzmán Soriano
ARTÍCULO 2.- De conformidad con el artículo 2° del Decreto Supremo N° 08471 desígnase miembros, en calidad de expertos del Consejo Supremo de Educación a los ciudadanos:
Prof. Alfredo Aguirre Siles
Prof. Gastón Pol Paccieri
Prof. Ignacio Paravicini
Hno. Jaime Calderón Manrique
Dr. Mario Rolón Anaya
ARTÍCULO 3.- El Consejo Supremo de Educación funcionará bajo dependencia directa del Presidente de la República y la Vicepresidencia del señor Ministro de Educación. Actuará como coordinador el ciudadano Alfredo Aguirre Siles.
El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Marcelo Galindo de Ugarte.