08 DE OCTUBRE DE 1968 .- Se autoriza al Tesoro General de la Nación procede al descuento mensual de $b. 20.- a todos los suboficiales, Clases y Guardias de Seguridad Pública del servicio activo y pasivo
DECRETO SUPREMO Nº 08505
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno debe velar y cooperar en la organización y funcionamiento de las entidades é instituciones públicas y privadas;
Que esta cooperación debe hacerse a las instituciones que se forman con fines de ayuda mutua y asistencia social para solucionar sus problemas sociales y económicos en base a principios fundamentales de solidaridad y cooperación;
CONSIDERANDO:
Que se ha organizado “La Asociación de Suboficiales, Clases y Guardias de Seguridad Pública reconocida legalmente, siendo conveniente dar facilidad en el aporte de las cuotas pertinentes mediante el descuento por el Tesoro General de la Nación;
Que los aportes que actualmente hacen los Suboficiales Clases y Guardia de dicha Institución a la Mutual y Cooperativa Policial “MUCOPOL”, no prestan un beenficio efectivo por las deficiencias en su funcionamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación procede al descuento mensual de $b. 20.- a todos los suboficiales, Clases y Guardias de Seguridad Pública del servicio activo y pasivo en favor de la “Asociación de Suboficiales, Clases y Guardias de Seguridad Pública del servicio activo y pasivo en favor de la “Asociación de Suboficiales Clases y Guardias de Seguridad Pública y Ramas Afines”
ARTÍCULO 2.- Los fondos descontados que señala el artículo anterior serán depositados en una cuenta Especial del Banco Central de Bolivia a nombre de la “Asociación de Suboficiales, Clases y Guardias de Seguridad Pública y Ramas Afines”, la que será administrada con autonomía propia mediante sus organismos directivos.
ARTÍCULO 3.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Los señores Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, David Fernández V.; Enrique Gallardo; Rolando Pardo R.; Angel Baldivieso; Hugo Suárez G.; Joaquín Villanueva; Ignacio Paravicini; Jorge Rojas Tardío; Víctor Hoz de Vila.