04 DE DICIEMBRE DE 1968 .- ESTATUTO DEL SISTEMA ESCOLAR BOLIVIANO
DECRETO SUPREMO N° 0400 z
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N° 27059, de 30 de mayo de 2003, define las categorías de funcionarios a los efectos de la aplicación para el pago de viáticos, en todas las entidades públicas.
Que el Decreto Supremo N° 27327, de 31 de enero de 2004, establece un marco de austeridad, racionalizando el gasto en las entidades públicas.
Que el Decreto Supremo N° 27450, de 14 de abril de 2004, determina las medidas complementarias a la austeridad y racionalidad del gasto público para la gestión 2004, con la finalidad de ajustar su ejecución a las posibilidades financieras del Estado.
Que el Decreto Supremo N° 27547, de 3 de junio de 2004, dispone que sólo el Presidente de la República, por la jerarquía de su cargo, deberá viajar en la máxima clase aérea disponible.
Que el Decreto Supremo N° 28618, de 8 de febrero de 2006, elimina los gastos de representación con excepción del Presidente y del Vicepresidente de la República, manteniéndose los gastos de representación del veinticinco por ciento (25%) para viajes oficiales al exterior, conforme lo dispone el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 19380, de 10 de enero de 1983.
Que es necesario viabilizar la gestión administrativa de las entidades públicas, referente a la aplicación de la Escala de Viáticos, así como la actualización y adecuación de las disposiciones contenidas en los citados Decretos Supremos, de acuerdo a las exigencias, dinamismo y economía, en correspondencia al nuevo Estado Plurinacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la Escala de Viáticos para el sector público, así como la definición de categorías de funcionarios y pasajes.
ARTÍCULO 2.- (ESCALA DE VIÁTICOS).
I. Son de estricto cumplimiento para todas las entidades públicas, sea
cual fuere su fuente de financiamiento o naturaleza jurídica, las siguientes
escalas de viáticos para viajes al interior y exterior del país:
ESCALA DE VIÁTICOS
Países comprendidos en Europa, Asia, África y Norte América:
Exterior del País | En Dólares
---|---
Primera Categoría | 339.-
Segunda Categoría | 283.-
Tercera Categoría | 226.-
Países comprendidos en Centro y Sud América y el Caribe:
Exterior del País | En Dólares
---|---
Primera Categoría | 283.-.-
Segunda Categoría | 226.-
Tercera Categoría | 170.-
Exterior del País | En Dólares
Primera Categoría | 283.-
Segunda Categoría | 226.-
Tercera Categoría | 170.-