09 DE ABRIL DE 1969 .- Autorízase a los señores Ministros de Educación y Economía Nacional a suscribir en nombre y representación del Gobierno de Bolivia un contrato de crédito complementario hasta la cantidad de Un millón cincuenta mil dólares americanos ($us. 1.050.000) con Empresa Nacional de Optica S.A. Camer Internacional S.A
DECRETO SUPREMO N° 08723
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-Ley N° 06975 de 23 de noviembre de 1964, designa a los Gobernadores Titular y Alterno que representan al país ante los siguientes organismos financieros internacionales: Fondo Monetario Internacional, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y Banco Interamericano de Desarrollo;
Que la ausencia o impedimento de alguno de los citados representantes ante el Banco Interamericano de Desarrollo perjudica las relaciones del país con este Organismo Internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Compleméntase el inciso c) del artículo l° del Decreto-Ley N° 06975 de 23 de noviembre de1964 con el siguiente párrafo:
“En ausencia o impedimento del Gobernador Alterno ante el Banco Interamericano “de Desarrollo, asumirá tales funciones el Presidente del Banco Central de Bolivia”.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Enrique Gallardo, Jorge Jordán Ferrufino, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Mario Quintela Vaca Diez, Jaime Rojas Muñóz, Joaquín Villanueva, Ignacio Paravicini, Alvaro Torrico, Dan e Pavisich, Wálter Morales Aguilar.