22 DE ABRIL DE 1969 .- Autorízase al señor Alcalde Municipal de La Paz, y al Gerente General del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), a suscribir en representación del Gobierno de la República de B livia y de la Comuna de La Paz el convenio adicional de préstamo con KREDITANSTALT FUER WIEDERAUFBAU de Frankfurt am Main, República Federal de Alemania, por la suma de DM. 6.500.000
DECRETO SUPREMO N 08741
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno de Bolivia en ejecución del Convenio de Asistencia Técnica de 4 de Febrero de 1966, contrajo un préstamo por la suma de DM. 14.000 000.- del Gobierno de Alemania Federal por intermedio de Kreditanstalt Fuer Wiederaufbau para la ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable de la ciudad de La Paz, en su primera etapa;
Que al terminar el primer año de construcción de las obras, dicho préstamo basado en las estimaciones de Ingeniería Global (DPU) ha demostrado ser insuficiente por razón del alza de precios de los materiales importados y los costos de construcción y mano de obra en el país, y además, por los cambios técnicos introducidos en el curso de la ejecución de las obras para servir mejor los intereses de la ciudad;
Que el Gobierno de Bolivia por intermedio de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Economía Nacional y la H. Alcaldía Municipal de La Paz, ha solicitado en fecha 9 y 16 de Octubre de 1968 y 27 de Febrero del presente año a la República de Alemania Federal, la ampliación del Crédito en una suma equivalente a DM. 6.500 000.- suma que juntamente con la Contribución Local de DM. 1.500.000.- cubrirá en su totalidad los costos de suministro de materiales y de obras correspondientes a la primera etapa;
Que dicha solicitud ha merecido la determinación favorable del Gobierno de la República Federal de Alemania haciéndose necesario acreditar a los personeros oficiales del Gobierno y de la entidad encargada del servicio de agua potable para la suscripción del convenio ampliatorio respectivo;
Que es indispensable respaldar esta operación con las garantías necesarias de nuestra principal entidad bancaria.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTÁMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACIÓN.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al señor Alcalde Municipal de La Paz, y al Gerente General del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), a suscribir en representación del Gobierno de la República de B livia y de la Comuna de La Paz el convenio adicional de préstamo con KREDITANSTALT FUER WIEDERAUFBAU de Frankfurt am Main, República Federal de Alemania, por la suma de DM. 6.500.000
ARTÍCULO 2.- El Banco Central de Bolivia, de conformidad con las disposiciones supremas existentes, ampliará su aval para este crédito, sujeto a las mismas condiciones y requisitos del préstamo original.
ARTÍCULO 3.- La Alcaldía Municipal de La Paz, abrirá una cuenta especial en el Banco Central de Bolivia en la que depositará los recursos necesarios para atender al servicio de amortización e intereses de esta obligación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y de Economía Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández, Gral. Enrique Gallardo, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Jaime Rojas Muñóz, Joaquín Villanueva Jorge Rojas Tardío, Ignacio Paravicini.