25 DE ABRIL DE 1969 .- Deróganse los Decretos Supremos Nos. 08355 y 08561 de 20 de mayo de 1968 y 20 de noviembre de 1968, respectivamente, que disponían la expropiación de la casa N° 710 situada entre las calles Nataniel Aguirre y Juan Granier de esta ciudad, de propiedad de Juan Zegarra y Carmen de Zegarra. La Prefectura del Departamento de La Paz, dispondrá el archivo de obrados.
DECRETO SUPREMO N° 08748
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo N° 08355 de 20 de mayo de 1968, se declaró de necesidad y utilidad pública el inmueble situado en la esquina formada por las calles Juan Granier y Nataniel Aguirre N° 710 de la ciudad de La Paz, de propiedad de Facundo Corrales, actualmente de Juan Zegarra y Carmen de Zegarra, con destino a las Escuelas "Abaroa", "Víctor Muñóz Reyes" y Nocturna "Carlos Bravo".
Que el mencionado inmueble, por su reducida extensión de 270 m2. no reune condiciones para la construcción de local para las indicadas Escuelas y su expropiación no es útil al Estado,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Deróganse los Decretos Supremos Nos. 08355 y 08561 de 20 de mayo de 1968 y 20 de noviembre de 1968, respectivamente, que disponían la expropiación de la casa N° 710 situada entre las calles Nataniel Aguirre y Juan Granier de esta ciudad, de propiedad de Juan Zegarra y Carmen de Zegarra. La Prefectura del Departamento de La Paz, dispondrá el archivo de obrados.
El señor Ministro de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Angel Valdivieso, Wálter Morales Aguliar;