04 DE JUNIO DE 1969 .- A partir de la fecha del presente Decreto Supremo queda prohibida toda internación de ganado bovino o carne faeneada de procedencia extranjera.
DECRETO SUPREMO Nº 08782
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que entre los objetivos propugnados por el Supremo Gobierno, se encuentra el de fomentar e intensificar la ganadería nacional, mediante un programa de desarrollo de largo aliento;
Que, en consecuencia se hace necesaria la adopción de medidas conducentes a lograr la efectivización del programa trazado;
Que, la ganadería Nacional está en condiciones de cubrir la demanda interna de carne;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E TA:
ARTÍCULO1.- A partir de la fecha del presente Decreto Supremo queda prohibida toda internación de ganado bovino o carne faeneada de procedencia extranjera; quedando además, anulados los permisos de importación otorgados por el Ministerio de Economía Nacional con anterioridad a la fecha del presente Decreto Supremo.
ARTÍCULO2.- Será considerado delito de contrabando y sujeto a las sanciones establecidas en el Decreto Supremo N°. 07931, de 22 de Febrero de 1967 que se refiere a “Represión del Contrabando” los siguientes hechos:
Internación de ganado bovino hembra o macho de corte, así como carne faeneada; por vía férrea, carretera ú otro medio de transporte que provenga de un país extranejro.
El derribe de ganado bovino extranjero o cualesquier matadero o frigorífico del país.
ARTÍCULO3.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Agricultura y Economía quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Luis D’Avis, Gustavo Méndez Torrico, Ernesto David Pereira; René Candia, Mario Quintela, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Wálter Montenegro, Rodolfo Luzio Lazarte, Hugo Sandoval Saavedra.