27 DE JUNIO DE 1969 .- La importación de bandas de seguridad envases de supositorios y demás productos farmacéuticos..
DECRETO SUPREMO Nº 08821
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo Nº 08322 de 9 de Abril de 1968, el Gobierno de la Nación ha prohibido la importación de manufacturas similares a las de producción nacional, como una medida tendente a sentar las bases del proceso de industrialización del país.
Que como emergencia de la anterior disposición legal, se han presentado reclamaciones en sentido de que algunas manufacturas aún no son producidas en el país, tal es el caso de la bandas de seguridad de material plástico artificial para el envasado de productos farmacéuticos correspondientes al párrafo arancelario 39.07.3.10.
Que la Cámara Nacional de Industrias ha emitido informes manifestando que los aludidos envases para productos medicinales producidos por la industria farmacéutica del país, no produce la industria nacional, y los informes técnicos del Ministerio de Hacienda y Economía Nacional, recomiendan la suspensión de la prohibición existente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- La importación de bandas de seguridad envases de supositorios y demás productos farmacéuticos que no produce la industria nacional de materias plásticas o artificiales clasificados bajo la partida arancelaria 39.07.3.10 del Arancel de Importaciones en vigencia, no se hallan comprendidos dentro de los alcances del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 08322 de 9 de Abril de 1968.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Economía Nacional quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de Junio mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros, Eufrono Padilla, Enrique Gallardo, Luis Alberto D’Avis, Víctor Quinteros, Gustavo Méndez Torrico, Wálter Montenegro, Ernesto David Pereira, René Candia, Alcira Espinoza, Jorge Rojas Tardío, Félir Gómez, Lucio Paz, Rodolfo Luzio L., Hugo Sandoval S.