03 DE SEPTIEMBRE DE 1969 .- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de la casa situada entre la Avenida Esteban Arce.
DECRETO SUPREMO N° 08919
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en la zona de Villa Copacabana de esta ciudad existe un inmueble adecuado para local educativo de propiedad de la extinta Julia Sandoval Leal;
Que, por existir numerosa población escolar en dicha zona es necesario dotar de nuevos locales educativos a los establecimientos que en la actualidad carecen de inmuebles apropiados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de la casa situada entre la Avenida Esteban Arce y Calle 4 de la zona de Villa Copacabana de propiedad de la que en vida fue Julia Sandoval, con destino a Colegio Nacional Mixto Copacabana y Escuela Vespertina “Antofagasta”.
ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de la ciudad de La Paz, se encargará del trámite de expropiación del referido inmueble de conformidad con la ley de 30 de diciembre de 1884.
El señor Ministro de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros Q., Cnl. Eufronio Padilla, Gral. Enrique Gallardo B., Luis D’Avis, Walter Montenegro, Gustavo Méndez T., René Candia, Alcira Espinoza, Mario Quintela, Ernesto David Pereira, Félix Gomez, Alvaro Torrico, Lucio Paz, Rodolfo Luzio L., Víctor Quinteros R.