02 DE OCTUBRE DE 1969 .- Derógase la Ley de Seguridad del Estado de 22 de diciembre de 1967.
DECRETO SUPREMO N° 08944
D.G.R. N° 10
ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, uno de los objetivos políticos del Gobierno Revolucionario es el restablecimiento de las garantías y Derechos Fundamentales del ciudadano;
Que, la Ley de Seguridad del Estado de 22 de diciembre de 1967, establece un sistema de excepción punitiva que coarta el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía;
Que, un Gobierno Revolucionario no requiere para el mantenimiento de su estabilidad, de disposiciones limitativas de la libertad y los derechos ciudadanos, sino de la adopción de una política revolucionaria que concite el respal popular, única fuente legítima de poder;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Derógase la Ley de Seguridad del Estado de 22 de diciembre de 1967.
El Ministro de Estado en el despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis García, Mario Rolón Anaya, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, Wálter Arzabe Fuenteizas, Oscar Bonifaz Gutiérrez.