Decreto Supremo N° 8945
02 DE OCTUBRE DE 1969 .- La evaluación escolar es el proceso para la valoración de los resultados obtenidos en la labor educativa, a través de instrumentos y técnicas de medición apropiados.
DECRETO SUPREMO N° 08945
D. G. R. N° 11
ALFREDO OVANDO CANDIA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Reforma Educativa ha introducido cambios en las diferentes áreas de la estructura de la Educación;
Que, los nuevos planos y programas tienen orientación pedagógica moderna y adecuada a los intereses de los alumnos y los propósitos culturales del país;
Que, el hecho pedagógico necesita una constante valoración de sus métodos, procedimientos y medios auxiliares;
Que, la evaluación debe ser un instrumento que permita estimular el aprendizaje del alumno aplicando principios flexibles para la formación y promoción del alumno;
Que, la evaluación debe cooperar a los maestros a tomar conciencia de los adelantos obtenidos en el proceso enseñanza-aprendizaje, las deficiencias en la formación de los alumnos, así como en los factores del hecho pedagógico;
Que, la evaluación proporciona a los padres de familia una información sistemática del adelanto educativo de sus hijos;
Que, los mismos alumnos al conocer su grado de aprovechamiento, limitaciones, facilidades y obstáculos de su educación, encuentran los elementos que les ayuden a cultivar su personalidad y a transformar la acción de los estímulos externos, en fuente inagotable de auto-educación;
Que, los resultados de la evaluación permiten enriquecer las estadísticas necesarias, para el análisis constante de la educación;
POR TANTO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ESTATUTO DE LA EVALUACIÓN ESCOLAR
La evaluación escolar es el proceso para la valoración de los resultados obtenidos en la labor educativa, a través de instrumentos y técnicas de medición apropiados.
Son propósitos de la evaluación:
La medición es el proceso por el cual se pretende obtener una representación cuantificada de la evaluación escolar.
La calificación es la expresión simbólica de los resultados de la evaluación y medición.
Las calificaciones en el Ciclo Pre-Primario son bimestrales, en los Ciclos Básicos e Intermedio y Nivel Medio son mensuales.
En las asignaturas semestrales las calificaciones son por cuatro meses y en las anuales por ocho meses.
La libreta de Calificaciones es el instrumento de comunicación e información, en el que registra los resultados de la evaluación.
El rendimiento escolar en todos los niveles y áreas del sistema, se mide mediante una escala de calificaciones numéricas que corresponde a 5 juicios literales: (5-Excelente), (4-Bueno), (3-Regular), (2-Deficiente), (1-Malo).
En las calificaciones mensuales sólo se admite el medio punto. Los promedios semestrales y los de promoción conservan el decimal obtenido.
La calificación mínima de suficiencia es de dos coma cinco (2,5).
El año lectivo se divide en dos semestres.
En la primera semana de Junio y la última de Octubre, se aplicará pruebas de evaluación semestral. Estas y las de habilitación o desquite, se reciben internamente en cada establecimiento, bajo la Supervisión del Director.
En el período de aprestamiento docente y administrativo, se diagnosticará la labor escolar del año anterior, con fines de programar la función educativa.
La Dirección Nacional de Planificación Educativa, debe evaluar periódicamente la labor educacional de todo el sistema, con fines de investigación y programación.
Las Direcciones Distritales de Educación, estimularán y autorizarán el funcionamiento de cursos de recuperación en el periódo de las vacaciones de verano. Estos cursos estarán a cargo de profesionales y docentes en ejercicio.
Ciclo Pre-Primario
En el Ciclo Pre-Primario la evaluación, en los dos primeros meses de Clases, se expresa mediante una valoración conceptual de la capacidad de adaptación del niño al medio escolar.
La evaluación en el resto del año, es bimestral y expresada en conceptos valorativos en cada una de las actividades del plan de estudios.
No hay retención escolar en este ciclo.
Ciclos: Básico e Intermedio
El maestro en cada grado de este nivel, al iniciar la labor escolar, aplicará pruebas de diagnóstico para conocer las necesidades y los requerimientos educacionales de sus alumnos.
En la primera semana de Junio y la última de Octubre, se aplican pruebas semestrales de evaluación. Los resultados se expresan en calificaciones por Mayo y Octubre respectivamente.
Todas las asignaturas del Ciclo Básico se califican por meses, al término del año escolar y el promedio final de cada asignatura, es la media aritmética.
La promoción en el primer grado es automática y no admite retención.
La promoción en los grados segundo a quinto del Ciclo Básico, se realiza por el promedio general, que es la media aritmética de los promedios finales de las asignaturas instrumentales.
Los promedios semestrales en el Ciclo Intermedio, son la media aritmética de las calificaciones mensuales, teniendo la última doble ponderación.
El promedio semestral en las asignaturas semestralizados es final. En los anules el promedio final es la media de los dos promedios semestrales.
El promedio general o de promoción en el Ciclo Intermedio, es la media de los promedios finales de las siguientes asignaturas: Lenguaje, Matemática, Estudios Sociales, Ciencias Naturales e Idiomas. Las demás asignaturas no son promocionales.
El promedio general mínimo de promoción es de dos cinco (2,5). En caso de obtener un promedio inferior, el alumno repite el grado.
En el nivel de educación primaria, no hay pruebas de habilitación o desquite.
Generalidades:
Los resultados de la evaluación semestral, sirven para calificar por los meses de Junio y Octubre.
El promedio semestral es la media aritmética de las calificaciones mensuales, dando una doble ponderación al último mes del semestre.
En las asignaturas semestrales, los promedios finales son los del semestre, en las anuales el promedio final es la media de los promedios semestrales.
El promedio mínimo de promoción es de dos coma cinco (2,5) en cada asignatura.
No son asignaturas de promoción: Cultura Religiosa, Educación Física, Educación Musical y Artes Plásticas.
Los alumnos que tienen 4 asignaturas promocionales deficientes, pueden rendir pruebas de habilitación o desquite, con más de cuatro asignaturas repiten el grado.
Las pruebas de habilitación de las asignaturas semestralizadas, se reciben optativamente, a tiempo de administrar las pruebas de evaluacion semestral o en Octubre.
Las pruebas de habilitación de las asignaturas semestrales cursadas en el segundo semestre y las anuales, son recibidas en enero, antes de las inscripciones.
Compensación
La compensación es el recurso por el que las calificaciones deficientes promediadas con las calificaciones altas de asignaturas similares, ayudan a la promoción. En las materias de especialización profesional media no rige la compensación.
La compensación se aplica en dos instancias:
Para fines de compensación las asignaturas afines se ordenan en tres grupos. Los dos primeros constituídos por asignaturas promocionales y el tercero por las no promocionales. El reglamento especial contiene el detalle de materia en los grupos A, B y C.
En los grupos de asignaturas promocionales, se compensan hasta un máximo de dos por grupo.
El promedio mínimo de promoción compensada es de dos coma ocho (2,8). Procede la retención para los que después de aplicar la compensación no obtienen aquél promedio.
Tránsito Horizontal
El tránsitó horizontal de un área a otra en el Ciclo Propedeútico es flexible y requiere sólo pruebas de diagnóstico.
En la Educación Media Profesional, el tránsito horizontal requiere de pruebas de igualación en las asignaturas de especialización.
Los alumnos en edad escolar que abandonen el sistema educativo regular, pueden vencer por suficiencia cualquier grado, excepción de los tres últimos de Educación Media.
Las pruebas de suficiencia, se reciben en tribunales únicos organizados, periódicamente, por las Direcciones Distritales.
Las pruebas de suficiencia se basan en los contenidos programáticos de las asignaturas promocionales de cada grado.
El recurso de compensación también se aplica para el vencimiento por suficiencia.
No procede el vencimiento por suficiencia en caso de pérdida de año, sino después de transcurrido un año lectivo.
Los estudiantes que aprueban los exámenes de suficiencia, recibirán certificados de promoción de grado, habilitándose para inscribirse en el curso inmediato superior del sistema regular.
Los exámenes de grado para la obtención de Título en Provisión Nacional de Profesiona1 Medio, en cualquiera de sus modalidades, se realizan ante tribunales especiales, organizados con un representante de la Supervisión Distrital correspondiente.
Estas pruebas son teórico-prácticas y se basan sólo en los contenidos programáticos de las asignaturas de especialización. Se las recibe en períodos señalados en cada establecimiento, después de aprobado el último curso de educación media.
CERTIFICADOS
El período de inscripciones es el mes de Enero de cada año.
La inscripción en los diferentes niveles, ciclos se sujeta a los siguientes requisitos:
ASISTENCIA
La asistencia a clases es obligatoria. Con el treinta por ciento de inasistencia injustificada, o el cuarenta por ciento justificada, no se promueve al alumno de un curso o asignatura, según sea el nivel de educación correspondiente.
El control de asistencia diaria, en el Ciclo Básico, está a cargo del profesor de curso. En el Intermedio y el Nivel Medio es obligación del profesor de cada asignatura. En el primer caso la ausencia se computa por días y en el segundo, por asignatura y en horas.
La justificación de inasistencia por fuerza mayor o enfermedad, se hace ante el Director del Establecimiento.
En cada establecimiento escolar se lleva dos libros anuales, uno de Inscripciones y otro de Calificaciones.
El libro de Inscripciones debe degistrar la información suficiente sobre la filiación familiar, la procedencia escolar y el grado en el que se inscribe el alumno.
Concluído el período de inscripciones, se cerrará el libro con la firma del Director y el Secretario del Establecimiento. Pasado el período la inscripción procede sólo con autorización expresa de la Dirección Distrital.
El libro de Calificaciones registrará la siguiente información:
El libro de Calificaciones será signado por el Director, el Director, el Secretario, el Profesor de curso en el Ciclo Básico y los profesores de asignatura en el Ciclo Intermedio y el Nivel Medio.
Copias de cuadros de calificaciones de promoción por grados serán enviados a cada Dirección Distrital. Los cuadros del Nivel Medio servirán para verificar y visar los certificados de promoción
CERTIFICADOS
Al vencimiento del último grado de Educación Primaria, se extenderá un certificado de conclusión de estudios primarios.
Este certificado es optativo.
Los certificados de promoción de cada grado del nivel de educación media, son otorgados por el Director y Secretario del Establecimiento y refrendados por el Supervisor Distrital correspondiente y el Director Distrital.
Para la obtención del Diploma de Bachiller en cualquiera de sus modalides, sólo son necesarios los certificados de promoción del nivel medio.
MEDIDAS TRANSITORIAS
Transitoriamente, mientras los hábitos de estudio de los alumnos cambien y los profesores de ramas técnicas se preparen, las asignaturas de Educación Religiosa, Educación Física, Educación Musical y Artes Plásticas son promocionales hasta el año 1972 inclusive. Durante este período de transición el recurso de compensación se realiza por las siguientes normas:
El recurso de compensación también se aplica a todo el Inivel de Educación Media no reformada. La agrupación de asignaturas se reglamentará en forma especial.
Para la tramitación del Diploma de Bachiller en cualquiera de sus modalidades, tan solo se requiere certificados de Promoción correspondientes a los cuatro grados de Educación Media, y no a los 6 cursos del antiguo nivel secundario.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Asuntos Campesinos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca García, Mario Rolón Anaya, Wálter Arzabe Fuenteizas, León Kolle Cueto, José Ortiz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.