05 DE ENERO DE 1970 .- A partir de la fecha pasa a poder del Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración, la propiedad denominada "Chonchocoro".
DECRETO SUPREMO Nº 09054
D.G.R. Nº 120
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Gobierno Revolucionario mediante Decreto Supremo Nº 08987 de fecha 7 de noviembre de 1969 años dispuso que todos los bienes de la sucesión "Rosa Agramont" sean incorporados al patrimonio del Estado con la finalidad de ser utilizados en beneficio de la colectividad, para lo cual fue creada al mismo tiempo la “Fundación Rosa Agramont”, bajo la tuición y responsabilidad del Ministerio de Educación y otros portafolios de Estado;
Que, dentro de dichos bienes se encuentra la propiedad denominada "Chonchocoro" situada en la localidad de Viacha, que tanto por su ubicación así como por las características que reune, puede prestar innegable utilidad social;
Que, en el caso de los locales carcelarios que cobijan la población penal del departamento de La Paz, el actual Panóptico Nacional no reune las mínimas condiciones de seguridad ni habitabilidad requeridas por las modernas normas de la penología y sistemas carcelarios;
Que, es propósito del Gobierno Revolucionario adoptar las medidas necesarias a conseguir la reestructuración de sistemas y la dotación de los medios que les sean inherentes, en forma tal que se logre positivo beneficio del pueblo.
P O R T A N T O,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha pasa a poder del Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración, la propiedad denominada "Chonchocoro" de la Fundación "Rosa Agramont", para la construcción e instalación de un nuevo penal que reuna las condiciones necesarias a los planes y proyectos que se tienen faccionados.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración, entrará en inmediata posesión, para lo cual deberán llenarse las formalidades del caso.
Los señores Ministros en los Despachos de Educación y Gobierno Justicia e Inmigración, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos setenta.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cesar Ruiz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibañez, José Luis Roca García, Walter Arzabe F., León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.