29 DE ENERO DE 1970 .- Los Dignatarios de Esta do, podrán designar a sus representantes.
DECRETO SUPREMO Nº 09073
D.G.R. Nº 139
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 09034 expedido por el Gobierno Revolucionario en fecha 15 de diciembre de 1969, fue organizada la Comisión encargada de estudiar los problemas agropecuarios del país y de sugerir las bases para la formulación de la política agraria nacional, señalando su constitución y fijando el plazo de 150 días para la entrega de su informe;
Que, por mandato del artículo tercero, inciso a) del mencionado Decreto, el órgano Ejecutivo de la Comisión está integrado por el Ministro de Asuntos Campesinos, como Presidente y el Ministro de Agricultura, como Vicepresidente, estableciéndose en el artículo cuarto que “Los miembros del Organo Ejecutivo se dedicarán con exclusividad a las tareas señaladas..... “en la indicada disposición legal;
Que, los Dignatarios de Estado mencionados se encuentran imposibilitados de dedicarse con exclusividad a las labores de la Comisión, motivo por el cual debe reconocérseles la facultad de delegar su representación a otras personas;
Que, al mismo tiempo, es conveniente incluir en la Comisión, representantes de la Confederación Nacional de Trabajadores Campesinos de Bolivia y del Institución Geográfico Militar y de Catastro Nacional por ser organismos directamente vinculados con la problemática agraria del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Los Dignatarios de Estado, podrán designar a sus representantes, delegando las facultades otorgadas por el artículo tercero del decreto supremo Nº 09034.
ARTÍCULO 2.- Se amplía la conformación del Organo Ejecutivo de la Comisión de Estudios de Política Agraria, con un representante del Instituto Geográfico Militar y de Catastro Nacional; y un representante de la Confederación Nacional de Trabajadores Campesinos de Bolivia.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos, de Agricultura, de Hacienda y de Planificación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 29 días del mes de enero de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruiz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia I., José Luis Roca García, Mario Rolón Anaya, Walter Arzabe F., León Kolle Cueto, Carlos Hurtado Gómez, Oscar Bonifaz G.