02 DE ABRIL DE 1970 .- Que, en fecha 13 de enero del presente año se ha celebrado entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional para el Desarrollo (IDA) del Banco Mundial.
DECRETO SUPREMO Nº 09157
D.G.R. Nº 224
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 13 de enero del presente año se ha celebrado entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional para el Desarrollo (IDA) del Banco Mundial, el Convenio de Crédito de Desarrollo Nº 171/BO, por $us. 1.400.000, para el financiamiento de un proyecto ganadero en el país denominado: “Segundo proyecto Interino para desadrollo ganadero del Beni”;
Que, en dicho convenio se ha establecido que el Proyecto será conducido por el Banco Agrícola de Bolivia, para lo cual se firmará entre éste y el Supremo Gobierno un Contrato Subsidiario de Préstamo por el equivalente de los recursos del Crédito de Desarrollo;
Que, por otra parte, el Banco Agrícola de Bolivia ha contraído obligaciones con IDA en relación al uso de los fondos del Convenio de Crédito de Desarrollo, en un documento firmado el mismo 13 de enero del año en curso, con el nombre de “Convenio de Proyecto”, en que igualmente se ha comprometido suscribir con el Supremo Gobierno el Contrato Subsidiario de Préstamo;
Que, el Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización ha emitido su dictámen favorable en resolución de fecha 9 de diciembre de 1969, con referencia a los citados convenios y ha encomendado que la diferencia de fondos que se genere por concepto de intereses y la diferencia en el pago de amortizaciones que se especifique en el Convenio de Préstamo Subsidiario y el Convenio de Crédito de Desarrollo se depositen en la cuenta “Fondo Fiduciario de Aportes Locales”, en el Banco Central de Bolivia, de conformidad al Decreto Supremo Nº 08696 de 12 de marzo de 1969.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba los textos del Convenio de Crédito de Desarrollo Nº 171/BO, celebrado el 13 de enero del presente año entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional pada el Desarrollo (IDA) del Banco Mundial, y del Convenio de Proyecto celebrado en la misma fecha entre el citado organismo del Banco Mundial y el Banco Agrícola de Bolivia, para el financiamiento y conducción del “Segundo proyecto Interino para desarrollo Ganadero del Beni”.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza la suscripción del Contrato de Préstamo Subsidiario entre el Supremo Gobierno de Bolivia y el Banco Agrícola de Bolivia, para la conducción del proyecto, en las siguientes condiciones básicas:
El Supremo Gobierno representará al Banco Agrícola de Bolivia, a través del fondo Rotativo abierto en el Banco Central, los recursos del Crédito de Desarrollo (IDA) Nº 171/BO hasta el equivalente de un millón cuatrocientos mil dólares norteamericanos ($us. 1.400.000.-) por el plazo de 16 años, con período de gracia de 5 años, y al interés del cuatro por ciento (4%) anual sobre saldos deudores a capital;
Las amortizaciones a capital y una parte de los intereses equivalente a la comisión del 0.75% reconocida por el Supremo Gobierno a favor de IDA, serán pagadas por el Banco Agrícola mediante depósito en el Fondo Rotativo a que se refiere el párrafo anterior
La diferencia de Fondos que se genere entre la comisión de la República de Bolivia reconoce en favor de IDA y el interés que pague el Banco Agrícola de Bolivia, será depositada en la Cuenta “Fondo Fiduciario de Aportes Locales” creada en el Banco Central por Decreto Supremo Nº 08696 de 12 de madzo de 1969.
ARTÍCULO 3.- En nombre del Supremo Gobierno suscribirán el Contrato de Préstamo Subsidiario con el Banco Agrícola de Bolivia, los señores Ministros de Economía Nacional, Ministro de Hacienda, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda, Economía Nacional y Agricultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruiz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luís Roca García, Wálter Arzabe Fuentelzás, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado G., José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérdez.