02 DE ABRIL DE 1970 .- Desígnase Vocales de la Corte Nacional de Minería a los siguientes ciudadanos:
DECRETO SUPREMO Nº 09161
D.G.R. Nº 228
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Gobierno Revolucionario renovar los tribunales de justicia minera adecuándolos a la nueva mentalidad y realidad revolucionaria que vive el país;
Que, en tal sentido, corresponde proceder a la renovación de la Corte Nacional de Minería y dotarla de profesionales que garanticen la correcta administración de justicia en dicha materia;
Que, el Presidente de la República, posee las facultades necesarias para designar a los miembros del citado tribunal;
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Vocales de la Corte Nacional de Minería a los siguientes ciudadanos:
Dr. Mario Pando Monje.
Dr. Zenón Calderón Durán.
Dr. Felipe Navarro Larrazabal.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minas y Petróleo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Oscar Bonifaz Gutiérrez.