08 DE ABRIL DE 1970 .- Suprime el Consejo Organizador y Asesor de la Industria del Petróleo, establecido por D.S. N° 08083 de 6-XI-69.
DECRETO SUPREMO Nº 09171
D.G.R. Nº 238
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 08983 fechado en seis de noviembre de mil novecientos setenta y nueve, fue creado el Consejo Organizador y Asesor de la Industria del Petróleo con el fin de que asesore, estudie y señale los nuevos lineamientos de la industria estatal del petróleo, y, al propio tiempo, sugiera la forma de reorganización del Ministerio de Minas y Petróleo en su repartición pertinente, la reestructuración de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y de la ex-empresa privada Bolivian Gulf Oil Company adecuando todas estas instituciones y organismos a la realidad emergente de la nacionalización del petróleo;
Que, la mencionada norma legal otorga el plazo de treinta días para el cumplimiento de la misión a que se refiere el Considerando anterior;
Que, el Consejo Organizador y Asesor de la Industria del Petróleo ha dado cumplimiento a su cometido mediante la presentación de su correspondiente informe.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se suprime el Consejo Organizador y Asesor de la Industria del Petróleo, establecido por Decreto Supremo N° 08983 de 6 de noviembre de 1969, en mérito ha haber cumplido con los fines de su creación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minas y Petróleo y de Planeamiento, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruiz Velarde, Antonio Sánchez de Lozada, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibañez, José Luís Roca García, León Kolle Cueto, José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.