30 DE ABRIL DE 1970 .- Modifícase la super-estructura jurídica e institucional del Gobierno, conforme al presente Decreto Ley.
DECRETO SUPREMO Nº 09194
DECRETO Nº 261
DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de conmemorarse el 1º de Mayo el Día del Trabajador, el Gobierno Revolucionario, consecuente con su política social de defensa y cooperación a la clase laboral del país, ha decidido adherirse a la celebración de los actos que se programen en esa ocasión.
Que, con tal propósito, es conveniente liberar del pago de impuestos Nacionales Departamentales, Municipales y Universitarios, a todas las actuaciones culturales, sociales y deportivas, programadas por la clase trabajadora del país y entidades de servicio público, con motivo del 1º de Mayo.
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Libérase del pago de impuestos Nacionales, Departamentales, Municipales y Universitarios, a todas las actuaciones culturales, sociales y deportivas, programadas por la clase trabajadora del país y entidades de servicio público, con motivo de conmemorarse el 1º de Mayo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Trabajo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Antonio Sánchez de Lozada, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Baíley Gutiérrez, Mario Rolón Anaya, Edmundo Valencia Ibáñez, León Kolle Cueto, José Ortíz Mercado, Oscar Bonifaz Gutiérrez.