25 DE MAYO DE 1970 .- Dispónese la sus pensión de todas las actividades públicas y particulares en la ciudad de La Paz.
DECRETO SUPREMO Nº 09230
D.G.R. Nº 297
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el día 2 de junio de 1970 se levantará el Censo de Población y Habitación de la ciudad de La Paz.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Dispónese la suspensión de todas las actividades públicas y particulares en la ciudad de La Paz, el día martes 2 de junio de 1970 para la realización del Censo de Población y Habitación de la ciudad de La Paz,
ARTÍCULO SEGUNDO.- Todos los habitantes y estantes de la ciudad de La Paz, están obligados a proporcionar los datos que se les solicite para el efecto.
ARTÍCULO TERCERO.- Durante los días 1º y 3 de junio de 1970, no podrá concederse licencia por ninguna causa a los funcionarios y empleados públicos.
Los funcionarios o empleados que faltaren a sus tareas en estos días, serán sancionados con multas equivalentes a 5 días de su haber.
Es dado en la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de mayo de mil novecientos setenta.
FDO. GRAL ALFREDO OVANDO CAIDIA, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Edmundo Valencia Ibáñez, Alberto Bailey Gutiérrez, José Ortíz Mercado, Roberto Capriles Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja.