04 DE JUNIO DE 1970 .- Concede pensión vitalicia mensual en favor del Profesor Elizardo Pérez, en el monto que indica.
DECRETO SUPREMO Nº 09242
D.G.R. Nº 309
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Supremo Gobierno reconocer los eminentes servicios prestados al país por el profesor Elizardo Pérez como legislador, maestro, Ministro de Estado, así como por haber sido creador del primer sistema de Educación Campesina;
Que, dicho ilustre ciudadano, así como sus familiares carecen de medios económicos suficientes, antecedente justificativo para que el Estado concurra en su ayuda.
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha, se concede en favor de profesor Elizardo Pérez, la pensión vitalicia mensual de DOS MIL QUINIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($B. 2.500.-).
El egreso referido, será apropiado a la partida Nº 711, Pensiones, Donaciones y Premios del Presupuesto del Ministerio de Previsión Social y Salud de la gestión vigente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Previsión Social y Salud, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Edmundo Valencia Ibáñez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, Javier Ossio Quezada, José Ortiz Mercado, Roberto Capriles Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja, Alberto Bailey Gutiérrez, Oscar Bonifaz Gutiérrez.