11 DE MAYO DE 1970 .- Crea Capitania de Puerto Menor con el nombre de "PUERTO BUSCH" en la margen derecha del rio Paraguay.
DECRETO SUPREMO N° 09268
D.G.R. N° 335
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su Art. 208, establece que las Fuerzas Armadas de la Nación tienen como misión fundamental preservar la soberanía nacional;
Que, la Ley Orgánica de las FF.AA., en concordancia con el precepto constitucional anterior, determina que la soberanía patria abarca el territorio nacional, las aguas territoriales y su espacio aéreo;
Que, la misma Carta Orgánica en sus Arts. 1°, 67„ incisos a) y d) Arts. 161, 162 y 163, incisos a), b), c) d) e) h) y o) asignan a las FF.AA ., como misión principal, entre otras, la. de vertebrar los tansportes en general, habilitando los sistemas hidrográficos para la navegación mercante, cooperando en tal forma a la labor de integración social, cultural y económica en la que se halla empeñado el Supremo Gobierno Nacional;
Que, el sistema hidrográfico de la Cuenca del Plata, ofrece al país grandes perspectivas para la explotación de ingentes recursos naturales existentes en la zona del Sudeste Boliviano, los mismos que pueden ser exportados por el río Paraguay para su comercialización en los países limítrofes y de ultramar, a cuya alta finalidad es menester habilitar una vía fluvial orgánica, dotándole de las instalaciones portuarias necesarias;
Que, la Constitución Política del Estado en su Art. 96, atribución 22, confiere al Poder Ejecutivo la facultad de crear y habilitar puertos menores.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Con el nombre de “Puerto Busch”, créase Una Capitanía de Puerto Menor sobre la márgen derecha del Río Paraguay, la misma que estará comprendida en el triangulo del Corredor Man Césped del Departamento de Santa Cruz, Provincia Chiquitos frente a la Isla Santa Fé y ubicada entre los 58°, 00’ de longitud Oeste. y 20°. 05’ de latitud Sud. La nueva Capitanía de Puerto dependiente del Comando de la Fuerza Naval Boliviana, será regida de acuerdo a los Arts. 1°. 2° y 4° del Decreto Supremo N° 06482 de fecha 31 de mayo de 1963. arts. II del Decreto Supremo N° 08424 de fecha 17 de julio de 1968 y demás disposiciones vigentes.
El señor Ministro de Estado en e1 Despacho de Defensa Nacional. queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los once días del mes de junio de 1970 años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Mariano Baptista Gumucio, Ocar Bonifaz Gutiérrez, Jaime Paz Soldán, Edmundo Valencia Ibañez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, Roberto Capriles Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja, Javier Ossio Quezada, José Ortíz Mercado, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.