15 DE JULIO DE 1970 .- Encomiéndase a la Corporación Gestora del Proyecto "Abapó-Izozog", la implementación de la estructura jurídica, económica y social.
DECRETO SUPREMO N° 09314
D.G.R. N° 381
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las perspectivas previstas en la Estrategia Socio-económica del Desarrollo Nacional, es necesario incorporar nuevas áreas de cultivo que permitan al país mejores ingresos y mejores condiciones de vida;
Que, entre otros el Proyecto de Irrigación mediante las aguas del Río Parapetí ofrece las condiciones más favorables de factibilidad, por sus inmejorables condiciones edáficas y ecológicas y de ubicación comercial por la influencia y aporte del Ferrocarril Santa Cruz Yacuiba.
Que, es necesario mejorar las relaciones entre distribución de población y recursos naturales, mejorando así la relación hombre-tierra;
Que, el Proyecto Parapetí por razones geográficas resulta ser compatible y complementario del Proyecto Agro Industrial Abapó-Izozog;
Que, encontrándose en actual funcionamiento la Corporación Gestora del Proyecto Abapó-Izozog creada por D.S. 08273 de 23 de febrero de 1968, esta organización apoyará y complementará el desarrollo del Proyecto Parapetí.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Encomiéndase a la Corporación Gestora del Proyecto ‘Abapó- Izozog”, la implementación de la estructura jurídica, económica y social, para realizar los estudios del Proyecto Agro Industrial, económica y social, para realizar los estudios del Proyecto Agro-Industrial ‘Parapetí”.
ARTÍCULO 2.- El Proyecto Abapó-Izozog a efecto del presente Decreto Supremo, respetará y acatará los convenios específicos con Naciones Unidas, otros organismos internacionales o nacionales contraídos con anterioridad o posterioridad a la firma de este Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agricultura y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palaci de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Oscar Bonifaz Gutiérez, Edmundo Valencia Ibáñez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, Javier Ossio Quezada, José Ortíz Mercado, Alberto Bailey Gutiérrez, Roberto Capriles Gutiérrez, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.