13 DE AGOSTO DE 1970 .- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder su aval en el financiamiento que otorga la firma General Electric Company.
DECRETO SUPREMO N° 09347
D.G.R. N° 414
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, para complementar los trabajos del nuevo servicio de alumbrado eléctrico de la ciudad de Santa Cruz; que ejecuta la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), la Alcaldía Municipal de esa ciudad debe proceder a la instalación de artefactos y materiales destinados a la iluminación de plazas y vías públicas;
Que, previa convocatoria a propuestas y conforme a procedimientos legales, la Junta Municipal de Almonedas de Santa Cruz, aprobó 1a oferta de la firma General Electric Company por el precio FAS-Nueva York de $us. 177.619.12, debiendo la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, efectuar el pago inicial del 20% al colocar el pedido, o sea, $us. 35.523.82, con sus propios recursos y el saldo del 80%, $us. 142.095.30, en seis cuotas semestrales, para lo que requiere el aval del Banco Central de Bolivia;
Que, el Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización, mediante Resolución de fecna 30 de junio último, ha autorizado al Banco Central de Bolivia, la concesión del aval antes mencionado.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACION,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder su aval en el financiamiento que otorga la firma General Electric Company, a la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, por la provisión de materiales y artefactos eléctricos por valor de $us. 142.095.30, que corresponde al 80% del precio FAS-Nueva York, de la propuesta aprobada por la Junta Municipal de Almonedas de dicha capital departamental, debiendo suscribirse el respectivo contrato de garantía.
ARTÍCULO 2.- El aval del Banco Central de Bolivia, será garantizado con el rendimiento del impuesto sobre comercialización de alcohol que pagan a la Alcaldía de Santa Cruz los productores de aquel Distrito, debiendo depositarse esas recaudaciones en cuenta especial en el Banco Central de Bolivia, Agencia de Santa Cruz, para el normal servicio de la obligación.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA , Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Edmundo Valencia Ibañez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, José Ortíz Mercado, Carlos Carrasco Fernnández, Roberto Capriles Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.