27 DE AGOSTO DE 1970 .- Determina que continuarán bajo el Régimen de la Ley General del Trabajo, el personal de instituciones descentralizadas y empresas públicas.
DECRETO SUPREMO Nº 09366
D.G.R. Nº 433
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, tanto la ley de Bases del Poder Ejecutivo, así como el Decreto-Ley 09250 de 4 de junio de 1970, determinan el régimen de administración del personal en el sector público;
Que, es necesario establecer con precisión la situación jurídico - laboral de los funcionarios públicos que prestan servicios en la administración central y descentralizada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- El personal de instituciones descentralizadas y empresas públicas que a la fecha de aprobación de la Ley de Bases del Poder Ejecutivo, se hallaba sometido a la Ley General del Trabajo, según sus propias leyes constitutivas y reconocimiento legal del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sindicales, continuará bajo dicho régimen.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Asuntos Sindicales, de Finanzas y de Planificación y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Edmundo Valencia Ibáñez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, Javier Ossio Quezada, Carlos Carrasco Fernández, Roberto Capriles Gutiérrez, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.