20 DE OCTUBRE DE 1970 .- Dipone el pago obligatorio de sueldos y salarios por el día 7 de octubre a todas lasempresas públicas y privadas.
DECRETO SUPREMO Nº 09413
D.G.R. Nº 8/70
GRAL. JUAN JOSE TORREZ GONZALEZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el día 7 del presente mes se declaró, por la Central Obrera Boliviana, una huelga de carácter general de trabajadores en todo el territorio nacional, como medida coadyuvante a la actitud asumida por las Fuerzas Armadas que defienden la continuidad del proceso revolucionario nacionalista;
Que, esa determinación fue de carácter eminentemente patriótico, y estuvo dirigida a evitar un enfrentamiento entre bolivianos, que habría tenido graves consecuencias para la Nación;
Que, es deber del Supremo Gobierno velar porque los trabajadores del país no se perjudiquen en sus intereses económicos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Dispónese con carácter obligatorio que todas las empresas privadas, Instituciones Públicas Descentralizadas y Empresas Públicas, paguen al personal de su dependencia el 100% de sus sueldos y salarios, incluyendo beneficios sociales, correspondientes al día 7 del presente mes de octubre.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Asuntos Sindicales, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORREZ GONZALEZ, Emilio Molina Pizarro, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Flavio Machicado Saravia, Gastón Lupo Gamarra, Jorge Prudencio Cossío, Mario Velarde Dorado.