03 DE DICIEMBRE DE 1970 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Oruro, para la gestión de 1970, de conformidad al siguiente detalle
DECRETO SUPREMO Nº 09488
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº-09351 de 20 de agosto del año en curso, fue aprobado el Presupuesto General de la Nación correspondiente a la gestión vigente;
Que, la Prefectura del Departamento de Oruro, ha solicitado la aprobación de un presupuesto adicional para la presente gestión, por la suma de $b. 200.000.- (DOS CIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS), a fin de reforzar sus partidas que se encuentran agotadas;
Que, existiendo incremento en las regalías de COMIBOL Y BAMIN en favor del Departamento de Oruro, corresponde la aprobación del presupuesto adicional solicitado, del que se destinará la suma de $b 141.000.- (CIENTO CUARENTA Y UN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS) al capítulo de Inversiones y $b. 59.000.-(CINCUENTA Y NUEVE MIL 00/100 PESO BOLIVIANOS) al de Funcionamiento;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Oruro, para la gestión de 1970, de conformidad al siguiente detalle:
INGRESOS
1.- | Nacionales | 200.000.-
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4.- | Transferencias | 200.000.-
4.4 | De Empresas Públicas
Comibol y Bamin, Excedente pago | 200.000.-
Regalías 1er. Semestre /70 | 200.000.-
Total……………...............
EGRESOS
200.- SERVICIOS NO PERSONALES | 43.000.-
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220.- Publicidad e Imprenta | 3.000.-
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221.- Publicidad | 3.000.-
260.- Mantenimiento y Reparaciones | 10.000.-
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264.- Otro Mantenimiento | 10.000.-
290.- Otros Servicios no Personales | 30.000.-
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291.- Asignaciones Globales | 30.000.-
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300.- MATERIALES Y SUMINISTROS | 16.000.-
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310.- Suministros de Oficina y
Publicaciones | 10.000.-
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313.- Suministros Varios de Oficina | 10.000.-
330.- Suministros para construcción y
Mantenimiento | 4.000.-
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331.- Lubricantes y Combustible | 4.000.-
350.- Otros Suministros | 2.000.-
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351.- Fomento Cultural y Deportivo | 2.000.-
400.- ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 141.000.-
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410.- Inmobiliarios | 118.800.-
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420.- Otras Construcciones | 118.000.-
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430.- Maquinaria y Equipo | 22.200.-
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433.- Equipo de Transporte, tracción y
Elevación. | 22.200.-
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Totales : | 200.000.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Jaime Paz Soldán Pol, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.