03 DE DICIEMBRE DE 1970 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Emisora del Estado "Radio Illimani" correspondiente a la gestión en curso, de conformidad al siguiente detalle
DECRETO SUPREMO Nº 09500
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº - 09351 de 20 de agosto del año en curso, fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público correspondiente a la gestión de 1970;
Que, como consecuencia de la tardía declaración de los recursos propios de la Emisora del Estado “Radio Illimani”, dichos fondos no fueron considerados en el Presupuesto aprobado para esa Entidad;
Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Financial de la Nación, corresponde la aprobación de dichos recursos mediante presupuesto adicional;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Emisora del Estado “Radio Illimani” correspondiente a la gestión en curso, de conformidad al siguiente detalle:
INGRESOS
(En pesos bolivianos)
05.- Financiamiento por Orden de los Recursos:
Fuente | Presupuesto 1970
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NACIONALES | 254.400.-
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2 | Recursos Propios | 254.400.-
Contrato con “Pucaras del Ande” | 24.000.-
Contrato con “O.P.B.” | 24.000.-
Contrato con “Urdini Motors Ltda.”. | 35.000.-
Contrato con “Lotería Nacional” | 9.600.-
Contrato con Programa Especial
“Aymara” | 4.800.-
Propaganda en General (Comercial) | 156.000.-
Total: | 254.400.-
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EGRESOS
(En pesos bolivianos)
07.- Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto 1970
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100 | SERVICIOS PERSONALES | 200.800.-
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120.2 | Empleados No Permanentes | 200.800.-
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200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 41.300.-
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210 | Comunicaciones y Servicios Públicos | 5.900.-
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211.2 | Correos, Cables, Telégrafos | 5.900
220 | Publicidad e Imprenta | 19.000.-
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221.2 | Publicidad | 19.000.-
230 | Transporte y Gastos de Viaje | 6.400.-
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231.2 | Gastos por pasaje | 2.400.-
232.2 | Viáticos | 4.000.-
260 | Mantenimiento y Reparaciones | 10.000.-
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262.2 | Equipo | 10.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 12.300.-
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310 | Suministros de oficina y Publicaciones | 10.500.-
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311.2 | Papelería | 7.000.-
313.2 | Suministros Varios de Oficina | 3.500.-
320 | Suministros Generales | 1.800.-
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324.2 | Alimentos | 1.800.-
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Total: | 254.400.-
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Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Información y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.