06 DE ENERO DE 1971 .- Resuelve que la República de Bolivia se adhiere al convenio sobre infracciones y otros actos cometidos a bordo de las aereonaves, firmado en Tokio (Japón) el 14-IX-63.
DECRETO LEY Nº 09539
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, como es de dominio público, se han producido en diversos países actos de piratería aérea que ponen en peligro la seguridad de las aereonaves, de las personas y de sus bienes;
Que, es obligación del Estado Boliviano adoptar medidas destinadas a proteger la seguridad de aereonaves de matrícula boliviana y salvaguardar la vida y los bienes de las personas que se hallen a bordo de dichas aereonaves o de areonaves de matrícula extranjera en vuelo u operación en territorio boliviano.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Adhiérese la República de Bolivia al Convenio sobre infracciones y otros actos cometidos a bordo de las aereonaves, firmado en Tokio (Japón) el 14 de septiembre de 1963, anexo al presente Decreto Ley.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Transportes y Comunicaciones y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de enero de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Emilio Molina Pizarro, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Jorge Prudencio Cossio, Mario Velarde Dorado.