26 DE MARZO DE 1971 .- Incrementa la pensión vitalicia en favor de las madres y viudas de la Guerra del Chaco, a partir de la fecha de aprobación del Presupuesto General.
DECRETO SUPREMO Nº 09620
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 08036 de 5 de julio de 1967, se reajustaron las pensiones reconocidas en favor de las madres y viudas de la Guerra del Chaco;
Que, la Asociación de Madres y Viudas de la Guerra del Chaco, así como la Asociación de Viudas de Beneméritos y Ex-Combatientes de la Guerra del Chaco, fallecidos en tiempo de paz han solicitado al Supremo Gobierno, el aumento de pensiones así como de la suma que por concepto de vestuario se les reconoce;
Que, en atención a que las viudas de los ex-defensores del territorio patrio y de la riqueza petrolífera del país, atraviesan por una situación económica difícil, debido a su avanzada edad, así como a la falta de otros medios de subsistencia, el Gobierno Revolucionario, considera de su deber dar curso favorable a dicha solicitud.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha de aprobación del Presupuesto General de la Nación correspondiente a la gestión en curso, se incrementa en ochenta pesos bolivianos ($b. 80), mensual per cápita, la pensión vitalicia reconocida en favor de las Madres y Viudas de la Guerra del Chaco.
ARTÍCULO 2.- Reajústase asimismo, la asignación anual de vestuario que se otorga en favor de las beneficiarias comprendidas en el artículo anterior en la suma individual de cuarenta y dos 50/100 pesos bolivianos ($b. 42.50.).
ARTÍCULO 3.- Para ser acreedoras a los beneficios concedidos por el presente Decreto, las interesadas deberán con carácter previo someterse al procedimiento de calificación, que al efecto será establecido por la Dirección de Listas Pasivas del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de marzo de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Huáscar Taborga Torrico, Jorge Gallardo Lozada, Emilio Molina Pizarro, Gustavo Luna Uzquiano, Hugo Poope Entrambasaguas, Javier Torres Goitia, Ramiro Villarroel Claure, Isaác Sandóval Rodríguez, Mario Candia Navarro, Jaime Cadima Valdez, Eduardo Méndez Pereyra, Edmundo Roca Vaca Diez, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.