26 DE MARZO DE 1971 .- Eleva a partir del 1° de abril los derechos de lmportación - arancel 87.10-1 sobre vehículos y otros que indica.
DECRETO SUPREMO Nº 09630
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, la importación de velocípedos sin motor de la Partida Arancelaria 87.10-1 del Arancel de Importaciones en vigencia consigna el 10% ad-valorem, 18% adicional y los Recargos establecidos por los Decretos Supremos Nos. 08004 y 08400 de 19 de mayo de 1967 y 26 de junio de 1968;
Que, al haberse establecido en el país la industria del armado y fabricación de piezas de bicicletas con la tecnología que el caso requiere, asi como la formación técnica de personal boliviano y consiguientemente el ahorro de divisas para la importación de un producto manufacturado, corresponde al Estado alentar y proteger las industrias que se establezcan en el país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Elévase a partir del 1° de abril de 1971 los derechos é impuestos aduaneros a la importación de los velocípedos de la Partida Arancelaria 87.10-1, en la proporción siguiente:
VEHICULOS AUTOMOVILES, TRACTORES, VELOCIPEDOS Y OTROS VEHICULOS
PARTIDA | a/v | Adicional
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87.10 | Velocípedos sin motor (in-cluídos los triciclos y similares).
1.- Bicicletas | 62% | 18%
ARTÍCULO 2.- La importación señalada en el Artículo que antecede estará sujeto a los recargos adicionales del 10% y 1% creados por Decreto Supremo Nos. 08004 y 08400.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Industria y Comercio controlará que se cumplan los requisitos técnicos de calidad, así como que los precios de venta al consumidor no sean superiores a los importados.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria y Comercio, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de marzo de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Huáscar Taborga Torrico, Jorge Gallardo Lozada, Emilio Molina Pizarro, Gustavo Luna Uzquiano, Hugo Poope Entrambasaguas, Javier Torres Goitia, Ramiro Villarroel Claure, Isaác Sandóval Rodríguez, Mario Candia Navarro, Jaime Cadima Valdez, Eduardo Méndez Pereyra, Edmundo Roca Vaca Diez, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.