07 DE MAYO DE 1971 .- Faculta al Ministerio de finanzas para autorizar un tratamiento especial sobre el impuesto de salidas al exterior.
DECRETO SUPREMO N° 09710
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario reglamentar el Decreto Supremo N° 09680 de 21 de abril de 1971, relativo al impuesto a las salidas al exterior, otorgando tratamiento especial a las empresas privadas, delegaciones culturales, deportivas y periodísticas, cuando el desenvolvimiento de las actividades específicas de estas instituciones, justifique el viaje de sus personeros o delegados, por más de dos veces dentro de un año calendario;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Facúltase al Ministro de Finanzas, autorizar un tratamiento especial del impuesto a las salidas al exterior, manteniendo las tasas mínimas por más de dos viajes dentro de un año calendario, a las Instituciones que se enumeran a continuación:
Confederación de Empresarios Privados.
Instituciones Culturales y Científicas.
Organizaciones de Periodistas,
Empresas de Turismo.
Entidades Deportivas.
Ejecutivos de la Central Obrera Boliviana.
Ejecutivos de la Confederación Universitaria Boliviana.
Las entidades anteriores, deberán acreditar legalmente su personalidad jurídica y justificar las necesidades que permitan el otorgamiento de este tratamiento especial para cada caso concreto.
El señor Ministro en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Huáscar Taborga Torrico, Emilio Molina Pizarro, Gustavo Luna Uzquiano, Flavio Machicado Saravia, Ramiro Villarroel Claure, Isaác Sandóval Rodríguez, Mario Candia Navarro, Jorge Cadima Valdéz, Eduardo Méndez Pereyra, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado, Hugo Poope Entrambasaguas, Jorge Prudencio Cossío.