09 DE JULIO DE 1971 .- Modifica el Art. unico del DS. N° 09711 de 16-V-71 sobre las atribuciones de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares.
DECRETO SUPREMO Nº 09812
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
C O N S I D E R A N D O:
Que, es necesario aclarar el artículo único del Decreto Supremo Nº 09711, de 16 de mayo del presente año, que rige la composición y funcionamiento de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- El artículo único del Decreto Supremo Nº 09711, de 16 de mayo de 1971, queda modificado de la siguiente manera:
“La Junta Directiva del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES), actuará con todas las atribuciones reconocidas a las Juntas Especiales de Almonedas, incluyendose con voz y voto, a un representante de cada una de las siguientes instituciones: Presidencia de la República, Contraloría G neral de la República y Fiscalía de Gobierno. El Presidente, representante del Ministerio de Educación y Cultura ante la Junta Directiva, ejercerá también la Presidencia de la Junta Especial de Almonedas”.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Gustavo Luna Uzquiano, Hugo Poope Entrambasaguas, Jorge Cadima Valdéz, Javier Torres Goitia, Isaác Sandóval Rodríguez, Eduardo Méndez Pereyra, Jorge Prudencio Cosío, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.