26 DE JULIO DE 1971 .- Aprueba el texto del Convenio de Crédito de Desarrollo N° 261/BO. referente al programa de Desarrollo Ganadero del Beni.
DECRETO SUPREMO Nº 09833
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Desarrollo, en su sesión de fecha 18 de febrero de 1971, aprobó las condiciones en que el Banco Mundial (IDA) otorgaría un préstamo a la República de Bolivia para financiar la tercera fase del Programa de Desarrollo Ganadero del Beni;
Que, el Directorio Ejecutivo del Banco Mundial, mediante Resolución Nº IDA/71/24 de fecha 1º de junio del presente año, ha aprobado el crédito Nº 261/BO por un monto de $us. 6.800.000.- concedido a la República de Bolivia;
Que, por Decreto Supremo Nº 09744 de 3 de junio de 1971, se autorizó al Ministerio de Finanzas, Sujeto de Crédito de los empréstitos internacionales, delegue mandato en favor del señor Antonio Sánchez de Lozada, Excelentísimo Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norte América, para que suscriba con el Banco Mundial (IDA), el Convenio de Crédito destinado a financiar la tercera fase del programa de Desarrollo Ganadero del Beni y la primera fase de un plan de desarrollo ovino en el Altiplano; así como el Convenio de Proyecto;
Que, en cumplimiento del Decreto Supremo citado en el considerando anterior, el Ministerio de Finanzas en fecha 7 de junio de 1971, ha dictado la Resolución Ministerial Nº 426/71 delegando el mandato;
Que, también es necesario autorizar y aprobar los términos de redacción del Contrato de Préstamo Subsidiario suscrito entre el Ministerio de Finanzas y el Banco Agrícola de Bolivia, por un monto de $us. 6.700.000.- proveniente del préstamo concedido por IDA con destino al desarrollo ganadero del Beni;
Que de acuerdo a los términos del contrato de préstamo, corresponde al Gobierno utilizar $us. 100.000.- para la contratación de servicios de consultoría relacionados con los propósitos del crédito;
Que, corresponde suplir la omisión legislativa de aprobación, mediante la dictación de la norma legal en sentido ratificar la validez de los contratos suscritos con las Agencias Internacionales de Financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el texto del Convenio de Crédito de Desarrollo Nº 261/BO por $us. 6.800.000.- y Convenio de Proyecto a financiar la tercera fase del programa de Desarrollo Ganadero del Beni y la primera fase de un plan de desarrollo ovino en el altiplano, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Mundial (IDA), el 25 de junio del presente año.
ARTÍCULO 2.- Apruébase el Contrato de Préstamo Subsidiario suscrito entre el Ministerio de Finanzas y el Banco Agrícola de Bolivia relativo al crédito de $us.- 6.700.000.- correspondiendo signarlo para mayor eficacia legal al señor Fiscal de Gobierno y al señor Contralor General de la República.
Los señores Ministros de Estado en las carteras de Finanzas y Agricultura, quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de La Paz, a los veintiseis días del mes de julio de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Huáscar Taborga Torrico, Jorge Gallardo Lozada, Emilio Molina Pizarro, Gustavo Luna Uzquiano, Flavio Machicado Saravia, Hugo Poope Entrambasaguas, Jorge Prudencio Cosío, Javier Torres Goitia, Ramiro Villarroel Claure, Isaác Sandoval Rodríguez, Mario Candia Navarro, Jorge Cadima Valdez, Mario Velarde Dorado.