15 DE OCTUBRE DE 1971 .- Se autoriza al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, para que en su Presupuesto de la presente gestión proceda al siguiente traspaso de fondos:
DECRETO SUPREMO N° 09958
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, las recaudaciones del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, Oficina Central, han confrontado una baja con relación a la efectuada en los anteriores; ocasionando la imposibilidad de atender los gastos de viáticos fijos, fletes, y almacenamiento de los cuales debía tener a su cargo en la presente gestión;
Que, habiéndose provisto acefalías sin financiamiento, ha provocado un sobregiro en los Servicios Personales, siendo necesario disponer traspaso de fondos en el Presupuesto de la presente gestión con recursos nacionales;
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.S. Nº 09612 de 17 de marzo del año en curso, fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la Gestión de 1971, en cuyo artículo 9º se dispone que, se realizarán traspasos mediante la utilización de saldos líquidos y disponibles y, solamente entre las partidas de servicios no personales y materiales y suministros;
Que, existiendo, dicha prohibición, con carácter de excepción se declara la procedencia de dicho traspaso.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, para que en su Presupuesto de la presente gestión proceda al siguiente traspaso de fondos:
700 | TRANSFERENCIAS | 900.000.-
710 | Transferencias Corrientes Al Sector Privado | 900.000.-
711 | Pensiones, Donaciones y Premios | 900.000.-
A:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 200.000.-
110 | Empleados Permanentes | 200.000.-
111 | Haberes Básicos | 40.000.-
113 | Bonos | 160.000.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 700.000.-
230 | Transportes y Gastos de Viaje | 700.000.-
232 | Viáticos | 600.000.-
233 | Fletes y Almacenamiento | 100.000.-
Total : | 900.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos setenta y un años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Gutiérrez Gutiérrez, Andrés Selich Shop, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.