22 DE OCTUBRE DE 1971 .- Apruébase el Presupuesto adicional del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS.- ($b. 1.344.700.-), con fondos provenientes de contrapartida destinados al Sector Agropecuario, para viabilizar los programas de Extensión y Cooperativa y Mejoramiento Agrícola de conformidad al siguiente detalle:
DECRETO SUPREMO N° 09969
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 09612 de 17 de marzo de 1971, fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, para su vigencia en la presente gestión fiscal;
Que, en dicho presupuesto no se consignan los Fondos de Contrapartida destinados al Sector Agrícola que asciende a la suma de $b. 1.334.700.-;
Que, para consolidar los proyectos y programas de infraestructura agropecuaria del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura, se hace necesario aprobar el presupuesto adicional correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto adicional del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura por la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS.- ($b. 1.344.700.-), con fondos provenientes de contrapartida destinados al Sector Agropecuario, para viabilizar los programas de Extensión y Cooperativa y Mejoramiento Agrícola de conformidad al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1971
---|---|---
1 | NACIONALES | 1.334.700.-
3.- | Crédito Interno | 1.334.700.-
(Fondos de Contrapartida) | 1.344.700.-
Total : | 1.344.700.-
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1971
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 30.000.-
120.3 | Empleados No Permanentes | 30.000.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 496.800.-
220.3 | Publicidad é Imprenta | 10.000.-
230.3 | Transporte y Gastos de Viaje | 145.800.-
260.3 | Mantenimiento y Reparaciones | 141.000.-
290.3 | Otros Servicios no Personales | 200.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 403.200.-
310.3 | Suministros de Oficina y Muebles | 23.000.-
320.3 | Suministros Generales | 10.000.-
330.3 | Suministros para construcción y Mantenimiento | 370.200.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 414.700.-
410.3 | Inmobiliarios | 164.700.-
430.3 | Maquinaria y Equipo | 10.000.-
460.3 | Capital de Operaciones | 240.000.-
Total : | 1.344.700.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Agricultura y Asuntos Campesinos y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y un años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.