05 DE NOVIEMBRE DE 1971 .- Se autoriza al Ministerio de Finazas, sujeto de crédito de los contratos y convenios de financiamiento internacional, delegue mandato en favor del señor General Edmundo Valencia Ibáñez Excmo. Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica y el señor Néstor Sainz, Encargado de Negocios para que, en representación del Gobierno de Bolivia, suscriban con el Banco Interamericano de Desarrollo el Convenio de Préstamo Nº 17/CD-BO por 1.717.000.- dólares canadienses con destino al financiamiento de estudios de diseño definitivo de ingeniería y de viabilidad técnica-económica relacionados con las carreteras Sapecho-Puerto Salinas con ramal a San Borja, Escoma-Charazani-Apolo y un puente s
DECRETO SUPREMO Nº 09986
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Desarrollo, en su reunión de fecha 1º de Noviembre de 1971, aprobó las condiciones en que el Banco Interamericano de Desarrollo otorgará un préstamo a la República de Bolivia con destino a cooperar en el financiamiento de estudios de diseño definitivo de Ingeniería y de viabilidad técnica-económica que se relacionen con las carreteras Sapecho-Puerto Salinas con ramal a San Borja, Escoma-Charazani-Apolo y un Puente sobre el Río Alto Beni;
Que, el Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, mediante Resolución DE-72-71 de fecha 24 de junio de 1971, aprobó el crédito Nº 17/CD- BO a la República de Bolivia por un monto de UN MILLON SETECIENTOS DIEZ Y SIETE MIL dólares canadienses;
Que, para la concesión de dicho crédito el Banco Interamericano de Desarrollo requiere el instrumento legal que certifique la capacidad de contratación del sujeto de crédito designado, así como el mandato que se otorgará para la suscripción del Convenio de Préstamo;
Que, por D.S. Nº 09293 de 2 de julio de 1970 y D.S. Nº 09428 de 28 de octubre de 1970, se designa al Ministerio de Finanzas como sujeto de crédito de todos los convenios y contratos que suscribe el Estado Boliviano con los organismos de crédito internacional;
Que, de acuerdo a las `Condiciones especiales” establecidas en la Resolución DE-72/71 del BID corresponde al prestatario, a partir del año 1972 y dentro de los primeros tres meses de cada año de ejecución de los estudios, demostrar al acreedor que se han incluído en el presupuesto respectivo del Servicio Nacional de Caminos las partidas necesarias para cubrir el aporte local al proyecto en la forma y fechas previstas en el calendario de inversiones;
Que, asimismo corresponde determinar a la entidad estatal que se hará cargo de la selección y contratación de servicios de consultoría de acuerdo a las normas establecidas en el contrato.
CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO, EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministerio de Finazas, sujeto de crédito de los contratos y convenios de financiamiento internacional, delegue mandato en favor del señor General Edmundo Valencia Ibáñez Excmo. Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica y el señor Néstor Sainz, Encargado de Negocios para que, en representación del Gobierno de Bolivia, suscriban con el Banco Interamericano de Desarrollo el Convenio de Préstamo Nº 17/CD-BO por 1.717.000.- dólares canadienses con destino al financiamiento de estudios de diseño definitivo de ingeniería y de viabilidad técnica-económica relacionados con las carreteras Sapecho-Puerto Salinas con ramal a San Borja, Escoma- Charazani-Apolo y un puente sobre el Río Alto Beni, así como el Contrato de Garantía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El aporte local de una suma no inferior al equivalente de US$ 340.000.- será consignada en el presupuesto del Servicio Nacional de Caminos, durante las gestiones correspondientes de los años 1972, 1973 y 1974.
ARTÍCULO TERCERO.- Dispónese que las cantidades antes especificadas sean administradas por el Servicio Nacional de Caminos para la ejecución del estudio descrito en el Artículo Primero del presente Decreto. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ejercitará labor de supervisión tanto en el avance del proyecto y el empleo de los recursos.
ARTÍCULO CUARTO.- La invitación, selección y contratación de servicios de consultoría estarán a cargo del Servicio Nacional de Caminos en coordinación directa con el Banco Interamericano de Desarrollo, y se sujetarán íntegramente a los términos contractuales establecidos en el Convenio de Préstamo Nº 17/CD- BO.
Los señores Ministros en los Despachos de Finanzas y Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y un años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Ambrosio García Rivera, Alfredo Arce Carpio.