12 DE NOVIEMBRE DE 1971 .- Aprueba presupuesto de la Comisión Especial del Seguro Social Campesino.
DECRETO SUPREMO N° 09995
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 09914 de 17 de septiembre de 1971, se creó una Comisión Especial encargada de estudiar y determinar las bases técnicas, financieras y administrativas, esquema de prestaciones y las modalidades de aplicación del Seguro Social Campesino;
Que, para el cumplimiento de las funciones encomendadas a la referida Comisión, se hace necesario dotarle de recursos económicos, a cuyo efecto es imprescindible la aprobación de su presupuesto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto de la Comisión Especial del Seguro Social Campesino, creada mediante Decreto Supremo Nº 09914 de 17 de septiembre 1971, por el monto de UN MILLON DOSCIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.200.000.-), de los cuales corresponde la suma $b. 542.600.- a la gestión de 1971 y el saldo de $b. 657.400.- a la gestión de 1972.
ARTÍCULO 2.- El presupuesto de la Comisión señalada en el artículo precedente, que corresponde al ejercicio financiero de 1971, se aprueba de conformidad al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | F u e n t e | Presupuesto 1971 Noviembre y Diciembre
---|---|---
1 | NACIONALES | 542.600.-
4 | Transferencias | 40.000.-
Caja Nacional de Seguridad Social | 24.000.-
Caja de Seguro Social de Trabajadores Petroleros | 6.400.-
Caja de Seguro Social de Ferrorroviarios y Anexos | 4.800.-
Caja de Seguro Social de Choferes | 4.800.-
5 | Otros | 502.600.-
5.3 | Donación (Fondos de Contrapartida). | 542.600.-
T o t a l : | 502.600.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificacion por Objeto de Gastos:
Código | Objeto del Gasto | Presupuesto 1 9 7 1 Noviembre y Diciembre
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 102.500.-
120.5.3 | Empleados No Permanentes | 102.500.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 174.100.-
230 | Transporte y Gastos de Viaje | 54.800.-
231.5.3 | Gastos por Pasajes | 23.600.-
232.5.3 | Viáticos | 31.200.-
250 | Alquileres | 18.200.-
252.5.3 | Equipo de Oficina | 5.000.-
252.5.3 | Otra Maquinaria y Equipo | 13.200.-
260 | Mantenimiento y Reparaciones | 6.000.-
262.5.3 | Equipo | 6.000.-
290 | Otros Servicios No Personales | 95.100. -
291.5.3 | Asignaciones Globales | 55.100. -
291.4 | Asignaciones Globales | 40.000.- 40.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 40.000.-
310 | Suministros de Oficina y Publicaciones | 36.000.-
311.5.3 | Papelería | 36.000.-
330 | Suministros para Construcción y Mantenimiento | 4.000.-
331. 5. 3 | Lubricantes y Combustibles | 4.000.-
400 | ACIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 226.000.-
430 | Maquinaria y Equipo | 226.000.-
431.5.3 | Equipo de Oficina y Muebles | 66.000.-
433.5.3 | Equipo de Transporte, Tracción y Elevación | 160 .000. -
T o t a l: _______________ | 542.600.-
ARTÍCULO 3.- La comisión Especial del presupuesto durante la gestión 1972, de Seguro Social Campesino, ejecutará su acuerdo al siguiente detalle.
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | F u e n t e | Presupuesto 1972 Enero-Abril
---|---|---
1 | NACIONALES | 657.400.-
4 | Transferencias | 60.000.-
Caja Nacional de Seguridad Social | 38.000.-
Caja de Seguro Social de Trabajadores Petroleros | 9.600.-
Caja de Seguro Social de Ferroviarios y Anexos | 7.200.-
Caja de Seguro Social de Choferes | 7.200.-
5 | Otros | 597.400.-
5.3 | Donación (Fondos de Contraparpartida) | 597.400.-
T o t a l: | 657.400.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | Objeto del Gasto | Presupuesto 1 9 7 2 Enero-Abril
---|---|---
100 | SERVICIOS PERSONALES | 366.500.-
120.5.3 | Empleados No Permanentes | 366.500.-
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 260.900.-
230 | Transporte y Gastos de Viaje | 82.200.-
231.5.3 | Gastos por Pasajes | 35.400.-
232.5.3 | Viáticos | 46.800.-
250 | Alquileres | 36.100.-
252.5.3 | Equipos de Oficina | 10.000.-
253.5.3 | Otra Maquinaria y Equipo | 26.100.-
290 | Otros Servicios No Personales | 142.600.-
291.5.3 | Asignaciones Globales | 82.600.-
291 4 | Asignaciones Globales | 60.000.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 30.000.-
310 | Suministros de Oficina y Publicaciones | 24.000.-
311.5.3 | Papelería | 24.000.-
330 | Suministro para Construcción y Mantenimiento | 6.000.-
331.5.3 | Lubricantes y Combustibles | 6.000.-
T o t a l: | 657.400.-
ARTÍCULO 5.- Las remuneraciones de los funcionarios del Sector Público que presten sus servicios a la merituada Comisión, serán autorizadas mediante Resolución Suprema Expresa con sujeción a la Planilla Presupuestaria de Servicios Personales.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agricultura, y de Finanzas, quedan encargados de la Ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y un años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Ciro Humboldt Barrero, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.