La Ley No 1011 aprueba el contrato de préstamo firmado el 13 de mayo de 1988 entre el Gobierno de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) por un monto equivalente a 4.200.000 Derechos Especiales de Giro, destinado al financiamiento del Proyecto de Desarrollo Rural Chuquisaca Sur. La ley se comunica al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 1017
LEY DE 13 DE OCTUBRE DE 1988
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. De conformidad al artículo 59, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruebase el contrato de préstamo suscrito por el Gobierno de Bolivia con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), en al ciudad de Roma, Italia, el 13 de mayo de 1988, por un monto en varias monedas equivalentes a CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO ( 9 D E G 4.200.000.-), con destinoal financiamiento del Proyecto de Desarrollo Rural Chuquisaca Sur.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 4 de octubre de 1988.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Carlos Azad Arce, Neisa Roca Hurtado, Fernando Kieffer Guzmán.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutiérrez, Ramiro Cabezas Masses, Fernando Romero Moreno.