La Ley No 1011 declara de prioridad nacional la construcción de una red de alcantarillado en Cobija, Pando, para preservar la salud de sus habitantes. La Alcaldía Municipal de Cobija es responsable de los estudios y ejecución de las obras, mientras que la Corporación de Aguas Potables y Alcantarillado (CORPAGUAS) proporcionará asesoramiento técnico. Además, se autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar los fondos necesarios de entidades nacionales o internacionales para la realización del proyecto.
LEY Nº 1019
LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1988
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero. Declárase de prioridad nacional, para preservar la salud de los estantes y habitantes de la ciudad de Cobija, la construcción e instalación de una red de alcantarillado, en la capital del departamento Pando.
Artículo Segundo. La Honorable Alcaldía Municipal de Cobija queda encargada de los estudios y ejecución de estas obras.
Artículo Tercero. La Corporación de Aguas Potables y Alcantarillado (CORPAGUAS), prestará todo el asesoramiento técnico que requiera la Honorable Municipalidad de Cobija.
Artículo Cuarto. Se autoriza al Poder Ejecutivo a Tramitar los fondos respectivos de los organismos o entidades nacionales o internacionales para la ejecución de esta obra.
Pase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Wálter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Carlos Azad Arce, Fernando Kieffer G., Angel Gutierrez Alvarado.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Franklin Anaya Vasquez.