La Ley No 1011 autoriza al Poder Ejecutivo a obtener financiamiento para el Proyecto Agropecuario Padilla, asignando a CORDECH la responsabilidad de proporcionar los recursos de contraparte necesarios para su ejecución.
LEY Nº 1021
LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 1988
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo Unico. Se autoríza al Poder Ejecutivo a la consecución del financiamiento necesario, para la realización del Proyecto Agropecuario Padilla, correspondiendo a CORDECH la otorgación de los recursos de contraparte.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Wálter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Carlos Azad Arce, Angel Gutierrez Alvarado, Ulises Hurtado Cuéllar.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernándo Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses.